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En Capital Federal será obligatorio el uso de barbijos

En caso de no cumplir la medida, que regirá en Capital Federal desde el miércoles, podrían cobrarse multas de hasta 80 mil pesos, según dispuso el gobierno.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires decretó este domingo el uso obligatorio de "elementos de protección que cubran la boca, la nariz y el mentón", barbijos, en medios de transporte, comercios y oficinas públicas de la Capital Federal, con el propósito de evitar la propagación del coronavirus.

"Establécese el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", señala uno de los puntos del decreto.

La resolución en Capital Federal, que entrará en vigencia "a partir de la cero hora del día 15 de abril de 2020" ante la prevención por coronavirus, recomienda el uso de elementos de protección "en cualquier otro ámbito o lugar diferente a los expresamente establecidos".

"Prohíbese la comercialización, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de barbijos N95 a cualquier persona que no acredite ser profesional o personal del servicio de salud y a las personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio", precisa uno de los artículos del decreto.

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Capital Federal es el distrito con más afectados por coronavirus en el país.

Capital Federal es el distrito con más afectados por coronavirus en el país.

En ese sentido, aclara que es "necesario limitar la comercialización de barbijos N95, de modo tal que sólo puedan ser adquiridos por profesionales y personal del sistema de salud o por personas jurídicas que tengan por objeto la prestación de ese servicio".

"Para el resultado que pretende obtenerse con aquellas medidas resulta suficiente la utilización de cualquier elemento que, actuando como un elemento de protección realizado con cualquier tipo de material, incluso de manera casera, o cualquier accesorio o vestimenta que cumpla tal fin, pero que cubra la boca, la nariz y el mentón", precisa el texto.

Además, establece que "el/la que omita el cumplimiento de las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles o no proceda a la desinfección y/o destrucción de agentes transmisores, es sancionado/a con multa de quinientas (500) a tres mil setecientas (3.700) unidades fijas y/o clausura y/o inhabilitación".

Según se indicó en el decreto, la medida se dispuso dado que "una de las principales características del coronavirus es su alta capacidad de transmisibilidad y de contagio, la que está presente aun en personas que se han contagiado COVID- 19 pero son asintomáticas".

Sanción

El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, precisó además que, para quienes no cumplan con la medida del uso obligatorio de "tapabocas" en los comercios y en el transporte público en la ciudad de Buenos Aires, se prevén multas económicas de entre 10.000 y 80.000 pesos.

FUENTE: Cadena 3

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