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Tucuman: el servicio de Justicia continúa con trabajo remoto

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dispuso que el servicio de Justicia continuará prestándose en su plenitud, sin suspensión y de manera remota.

Por Acordada N°874/20 la Corte Suprema de Justicia de Tucumán ha dispuesto que, desde el lunes 28 y hasta el 11 de octubre, el servicio de Justicia continuará prestándose en su plenitud, sin suspensión de los plazos procesales y de manera remota exclusivamente, teniendo en cuenta que la situación epidemiológica no ha mejorado en la provincia con el fin de preservar la salud de profesionales y agentes judiciales.

En consecuencia, el servicio de justicia se prestará de forma digital, disminuyendo el riesgo de contagio de las partes, profesionales y demás operadores del derecho. El incremento de casos de posibles contagios de agentes del Poder Judicial que actualmente se encuentran en aislamiento, requiere que se tomen medidas como la considerada restringiendo la presencialidad, por el plazo de dos semanas, a fin de poder evaluar la real situación sanitaria y decidir las medidas conducentes para poder retornar a un sistema mixto con atención presencial reducida.

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El servicio de Justicia en Tucuman profundiza el trabajo remoto.

El servicio de Justicia en Tucuman profundiza el trabajo remoto.

Durante dicho período los plazos procesales de todas las causas en trámite continuarán abiertos y las/os magistradas/os podrán disponer su suspensión cuando consideren que su tramitación pudiere afectar el ejercicio de derechos de algunas de las partes; asimismo, cuando fuere solicitada por alguna de las partes, por el Ministerio Público Fiscal o el Ministerio Pupilar y de la Defensa.

En caso que las/os juezas/ces dispongan la realización de audiencias, deberán efectuarlas bajo la modalidad de audiencia remota, aprobada por Acordadas Nº 226/20 (art. 26) y N° 342/20 (Anexo), a través de las salas virtuales (Acordada Nº 532/20). También se deberá intensificar la utilización de la plataforma "Macronline" para las órdenes de pago, apertura de cuentas judiciales, constitución de plazos fijos, etc., aprobada por Acordada Nº 228/20 Y demás normativa concordante. Asimismo, se encuentra disponible el sistema de pagos del "Portal del SAE" (botón de pago) como único medio para abonar tasas y bonos de movilidad.

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