La Junta Electoral de la UNT resolvió “dar de baja la oficialización de la lista ADIUNT EN LUCHA”, tras confirmar la presencia de “grafías y firmas apócrifas” en la lista de candidatos presentados por esa agrupación para participar en la elección de renovación del Consejo Directivo de la Acción Social de la Universidad Nacional de Tucumán (ASUNT).
La lista de ADIUNT fue observada por su competidora “UNIDAD Y COMPROMISO UNIVERSITARIO” lo que promovió la intervención de la Junta Electoral de la UNT mediante la convocatoria a una pericia caligráfica realizada el lunes pasado con el fin de aclarar dicha situación. Según destaca en su Resolución Nº 57 que se dio a conocer hoy, “ante la discrepancia de pareceres y teniendo en cuenta la trascendencia del asunto en marras, la Junta Electoral de la UNT resolvió practicar una pericia caligráfica con la intervención de ambas listas”.
El escrito agrega que el perito calígrafo comprobó a prima facie y lo aseveró posteriormente en su dictamen, “la existencia de firmas apócrifas y grafías dubitadas tanto en los avales como en la presentación de la lista de candidatos” ADIUNT EN LUCHA.
Cita por otra parte, las obligaciones que emanan del Régimen Electoral de la UNT respecto a la presentación de candidatos que establece en su artículo 56: “En las elecciones por lista de candidatos, por cada candidato titular deberá incluirse por lo menos, un (1) suplente, admitiéndose hasta un máximo de dos (2) suplentes, y siendo clara e indubitada la falsedad de las firmas de los candidatos que integran la lista (ADIUNT EN LUCHA) lo cual lleva a concluir que no hay integridad de lista, por no contar con tres candidatos titulares y sus respectivos suplentes…”. Subraya además que “se presentan en particular con grafías y firmas apócrifas las candidaturas de Julia Argentina Carreras, candidata titular en segundo término; Abigail Prchal, candidata suplente en segundo término y de Ángel Abel Palomino, candidato suplente en tercer término”, y por lo tanto, AIDUNT EN LUCHA “no alcanzó” el requisito previsto en el Régimen Electoral.
“El hecho – remarca el escrito- configura un agravio a esta Honorable Junta Electoral, por lo cual los efectos de garantizar un proceso electoral transparente y libre de cualquier tipo de vicio procedimental, no es posible, habiéndose vulnerado el principio de la buena fe y la lealtad electoral”.
Por último, la Junta Electoral de la UNT ordenó remitir las actuaciones y las conclusiones de la pericia a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y notificó a las partes.
G.I

