Mediante la resolución 432/2020 publicada en el Boletín Oficial, se estableció que dicho beneficio corresponde para todas aquellas personas que tengan el "vencimiento entre el 30 de agosto y 30 de noviembre de este año".
Al igual que en los anteriores periodos, el monto de las cuotas será equivalente al 70% de la prestación original.
Al mismo tiempo, Anses efectuará los controles y cruces informáticos para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten extendidas.
Prestación por desempleo de Anses: ¿cómo solicitarlo?
Requitos:
Trabajadores permanentes:
- Tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
Trabajadores eventuales y de temporada:
- Haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo
Qué documentación se deberá presentar:
- DNI (original y copia)
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- El trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.
- El trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.
Cuál será el monto del bono por desempleo
- El monto y la cantidad de cuotas serán por 6 meses , y se calculan según tus ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años.
- Trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
Medio de cobro
- A partir de mayo de 2020, Anses gestionará la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social para cobrar esta prestación.
- Se podrá retirar el dinero por ventanilla en la sucursal bancaria.
- Posteriormente, el banco entregará la tarjeta de débito para operar a través de los cajeros automáticos.
- Deberás presentarte en la sucursal bancaria asignada para formalizar la apertura de la Caja de Ahorro y recibir la tarjeta.
- Recordá que debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio debérás sacar turno en el banco para ser atendido.
- Si en algún momento percibiste una prestación de Anses a través de una cuenta bancaria cobrarás en esa cuenta.
- Si tenés una cuenta particular, podés solicitar al banco que la modifique como Cuenta de la Seguridad Social.
Cómo se realiza el trámite
- Durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del sistema de Atención Virtual.
- Si hubo un cruce de telegramas con tu empleador, deberás realizar un trámite previo desde aquí https://www.anses.gob.ar/tramite/cruce-de-telegramas.
- Reuní la documentación
- Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente.
- Ingresá en Atención Virtual desde anses.gob.ar o desde Mi Anses
- Para otra consulta podrán ingresar a https://www.anses.gob.ar/desempleo