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Las exigencias de Conmebol para los hinchas Decanos

Desde la casa madre del fútbol sudamericano, dieron a conocer un listado de objetos con las cuales, los simpatizantes no deben tener a la hora de querer ingresar a un estadio para ver un cotejo por Copa Libertadores, como así también, normas que tendrán que respetar.

Este miércoles, el estadio José Fierro vuelve a recibir un partido de la Copa Libertadores, por este motivo, es imprescindible tener en cuenta los detalles que Conmebol incluye en su reglamento de seguridad, válido para todas sus competiciones.

Para los hinchas de Atlético Tucumán, está prohibido el ingreso al estadio y/o manipulación antes, durante y después de los partidos, de los siguientes objetos, según Conmebol:

  • a) Armas blancas.

  • b) Armas de fuego.

  • c) Bebidas alcohólicas (ELIMINADO).

  • d) Líquidos y sólidos envasados en vidrio, lata, plástico y/o cartón (aplica solo a tribunas / no incluye vasos plásticos).

  • e) Juego pirotécnicos de cualquier tipo y/o forma de activación, incluso dentro de los anillos de seguridad.

  • f) Bombas de humo.

  • g) Bombas de estruendo.

  • h) Extintores de humo de colores.

  • i) Iluminación laser.

  • j) Silbatos (pitos).

  • k) Paraguas y sombrillas.

  • l) Rollos de papel.

  • m) Elementos con mensajes ofensivos, racistas y discriminatorios.

  • n) Trapos, frentes, banderas, banner o elemento similar que en tamaño y cantidad:

- Tapen la visual de las tribunas.

- Impidan el monitoreo y control del espectáculo deportivo e identificación de personas y sus conductas.

- Obstruyan puertas de entrada, de evacuación y salidas de emergencias entre otros.

- Obstruyan elementos publicitarios.

  • o) Trapos, frentes, banderas, banner o elementos similares no podrán:

- Ser ubicados en las separaciones laterales (alambrados) que separan las tribunas, debiendo ellas estar libres de cualquier elemento en desarrollo del espectáculo deportivo.

- Ser unidos y atados a los alambrados que separan las tribunas, para su posterior despliegue a lo largo y ancho de ellas.

- Ser instalados por el lado exterior de los alambrados que separan las tribunas del campo de juego.

  • p) Banderas gigantes o también llamadas tapa tribunas.

  • q) Banderas de porte manual que superen la medida de 0 m de ancho por 2.0 m de largo. El EGS se encargará de instalar en las entradas de los estadios, los elementos de medición pertinentes para el respectivo control.

  • r) Objetos accionados con gas, helio y/o medios o sustancias similares que pueden constituirse en elemento de combustión.

  • s) Astas para banderas de cualquier tipo.

  • t) Cualquier tipo de objeto que deba ser izado a través de claves aéreos o similares.

  • u) Cualquier elemento físico que, por su destrucción o vida útil ser convierta en elemento contundente o cortopunzante.

  • v) Cualquier elemento que, a juicio del equipo para la gestión de la seguridad, sea considerado como peligroso.

En otro fragmento del mismo artículo, se detalla además que:

1º - La altura, cantidad de trapos, frentes, banner, banderas y similares a ubicar en los alambrados de separación entre la tribuna y campo de juego, en ningún caso podrá ser superior al 1.50m. Dicha medida para el caso de la primera bandeja (1er piso) será tomada a nivel del campo de juego hacía arriba de dichos alambrados. En tribunas por encima de la primera bandeja, la medida será tomada desde el piso de ella, hacia arriba del alambrado.

2º - El ancho de las tiras no podrá ser mayor a 90cm y la distancia entre una y otra, no podrá ser menor a los 5m.

3º - El EGS a través de la entidad encargada del plan de seguridad deberá determinar la puerta y hora de ingreso de los objetos permitidos al público, llevando a cabo las revisiones del caso, a fin de asegurarse que ellos no representen riesgo alguno e impidan el principio fundamental del presente artículo, de contar con campos visuales adecuados que, permitan el monitoreo y control de las conductas individuales y colectivas del público.

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