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Prohíben difundir los audios de Karina Milei: "La resolución es un poco confusa"

Sebastián Guidi, profesor de derecho constitucional de la Universidad Torcuato Di Tella, analizó en LV12, la medida que ordenó el juez Maraniello.

Un grupo de constitucionalistas coincidió en señalar que la decisión del juez Civil y Comercial Federal Alejandro Patricio Maraniello de prohibir la difusión de supuestos audios de Karina Milei es “inconstitucional”, implica un “acto de censura” y “viola la libertad de expresión”, porque se trata de un caso de “interés público”.

Sebastián Guidi, profesor de derecho constitucional de la Universidad Torcuato Di Tella y de derechos fundamentales en la Universidad de San Andrés, señaló en LV12 que "la resolución es un poco confusa porque básicamente es una prohibición para que cualquier medio, no solamente los audiovisuales, difundan los audios atribuidos a Karina Milei que se hayan anunciado el 29 de agosto del 2025. Ahora esto es rarísimo, ¿qué audios se anunciaron? porque precisamente el 29 de agosto algunos periodistas de streaming o programas de televisión dijeron que tenían audios y si uno quiere pasarlos, cómo saben que ese audio es uno de ese día o si fue grabado en Casa de Gobierno. Es absurdo pero así está redactado".

Guidi sostuvo que "lo que hacen es enviar un oficio al ENACOM pero este órgano estatal no tiene competencia sobre el streaming y los diarios, entonces si vos tenés un diario cómo se supone que sabrías que no podes publicar estos audios. Es bastante absurdo".

"Este tipo de medida es absolutamente inusual", cerró.

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