"Extender la vigencia de las disposiciones contenidas en las Resoluciones COE N 78 de fecha 4 de junio de 2021, y N° 79 de fecha 7 de junio de 2021, hasta la fecha de publicación del Instrumento por el que el Poder Ejecutivo Provincial determine nuevas medidas de prevención y control de transmisión del virus Sars-COV19 para la provincia de Tucumán", describe el documento oficial.
Es decir que continúan suspendidas las reuniones sociales y familiares, las actividades deportivas y competencias (tanto amateur como federativas) y las actividades sociales, culturales y teatrales. También están suspendidas las ferias itinerantes, salas de juegos de azar, salones de fiesta, discotecas y salones de baile.
Actividades permitidas bajo modalidad especial
*Gimnasios: podrán trabajar desde las 7 hasta las 22 horas. Sólo para la práctica individual.
Canchas de Fútbol 5: sólo para entrenamientos. No están habilitadas para ningún tipo de actividad que implique contacto físico.
*Comercio: de 10 a 19 horas con los correspondientes protocolos sanitarios.
*Bares y Restaurantes: podrán abrir de 7 a 22 horas con los protocolos establecidos. Por delivery se extiende hasta las 24 horas. Los locales tendrán una ocupación solo del 30% en espacios cerrados. Se permitirá hasta cuatro personas por mesa (salvo burbuja familiar) y distancia de dos metros entre mesas contiguas, tanto en espacios cerrados como abiertos.
*Celebraciones de culto: podrán llevarse a cabo con una ocupación máxima del 30% de su capacidad.
Turismo interno
A partir del martes pasado, se levantaron las restricciones para el turismo de Tucumán. De esta manera, todos los establecimientos hoteleros y los prestadores de servicios turísticos están habilitados a tomar reservas para hacer turismo dentro de la Provincia, siempre y cuando se cumplan con los protocolos sanitarios.
Restricción de circulación
La restricción de circulación será desde las 23 hasta las 6 del día siguiente. Mientras que la restricción de circulación interjurisdiccional, estará limitada de 19 a 6 del día siguiente (solo podrán circular actividades esenciales).

