Se trata de un hombre de 54 años imputado por el hecho ocurrido a fines de diciembre del año pasado en la localidad de El Molino, donde falleció un motociclista de 33 años y una joven resultó herida.
Según la acusación expuesta por la auxiliar de fiscal Gabriela Ghilardi, el hecho se registró el 30 de diciembre de 2025, alrededor de las 20:00 horas. El imputado circulaba en su automóvil por la Ruta Nacional 65, en sentido este a oeste. Al llegar al kilómetro 10, a la altura de la localidad de “El Molino”, realizó una maniobra antirreglamentaria al girar hacia su izquierda con la intención de ingresar a su vivienda.
Como consecuencia de esta maniobra, una motocicleta en la que viajaban dos personas y que circulaba por detrás, impactó contra el costado del vehículo. Producto del fuerte choque, el conductor del rodado menor, de 33 años, falleció en el acto, mientras que su acompañante, una mujer de 24 años, resultó con heridas.
Entre las evidencias recolectadas en la etapa preliminar, los informes toxicológicos determinaron que el conductor del automóvil no presentaba alcohol en sangre, mientras que los análisis al conductor de la motocicleta arrojaron resultado positivo. La calificación legal provisoria atribuida fue de homicidio culposo en concurso ideal con el delito de lesiones leves.
Condiciones de la probation
Al otorgarse el beneficio procesal, se fijaron las obligaciones que el conductor deberá cumplir estrictamente durante el plazo de dos años. Las mismas consisten en la realización de tareas comunitarias las cuales deberá prestar una vez por semana en la Capilla María Auxiliadora de la localidad de El Molino. La obligación de realizar y aprobar un curso de educación vial. Además, asumió el compromiso de abonar la suma de $100.000 a la familia de la víctima en concepto de reparación simbólica por el daño causado.
En su resolución, el juez actuante hizo lugar formalmente a la suspensión del juicio a prueba y le aplicó al imputado las reglas de conducta de rigor por el término fijado.
FUENTE: MPF