El acuerdo pleno fue rubricado por la fiscal titular de la Unidad Fiscal, María Alejandra Navarro, y el imputado, junto a su defensa técnica. El juez interviniente convalidó la propuesta, dictando la pena de un año y 6 meses de prisión de ejecución condicional, más la imposición de estrictas reglas de conducta y el pago de una reparación económica.
Los hechos imputados
Durante la presentación del caso a cargo de la fiscalía, el auxiliar fiscal Fernando Godoy Ponce, detalló los dos violentos episodios cometidos por el acusado bajo una modalidad coordinada junto a otros cómplices en la vía pública:
Primer Hecho: El 8 de diciembre de 2024, alrededor de las 21:50 horas, en la intersección de la avenida Mate de Luna y Baltazar Aguirre, el imputado se aproximó a la ventanilla baja de un automóvil Citroën C4 que esperaba el cambio de semáforo. De forma intempestiva, le arrebató un teléfono celular iPhone 13 a una menor de 13 años que viajaba en el asiento trasero. Tras el robo, el acusado corrió e intentó subirse a una motocicleta Gilera 110cc negra manejada por un cómplice. Si bien no logró abordar el rodado y fue aprehendido a los pocos metros por personal de la División Patrulla Motorizada, su acompañante logró darse a la fuga con el dispositivo sustraído.
Segundo Hecho: El 23 de agosto de 2025 cerca de las 19:00 horas, en la calle Lavalle al 800, el imputado y otro sujeto no identificado se movilizaban a bordo de una motocicleta Honda Wave roja. El encartado descendió y abordó a la víctima, cuando esta ingresaba a su vehículo Renault Clio. Bajo la amenaza de "quédate quieta, cállate, cállate", se produjo un violento forcejeo por su bandolera. El delincuente terminó empujando a la mujer para despojarla del bolso, que contenía $150.000, tarjetas de débito y documentación, huyendo inmediatamente en la motocicleta que lo aguardaba. A raíz del ataque, la víctima sufrió hematomas y traumatismos en su mano y pierna derecha.
Evidencias y resolución
La Unidad Fiscal fundamentó el requerimiento basándose en un profuso caudal de evidencias. Entre ellas, se destacaron las actas de procedimiento policial, las declaraciones de los efectivos motoristas, la denuncia del padre de la menor y el pormenorizado testimonio de la segunda víctima. Asimismo, resultaron determinantes los allanamientos ordenados por la Justicia en el domicilio del imputado, donde personal de la División Robos y Hurtos logró secuestrar la bandolera y la billetera pertenecientes a la segunda víctima. Ante el peso de las pruebas, el encartado manifestó comprender los alcances del juicio abreviado y reconoció de manera lisa, llana y voluntaria su culpabilidad y responsabilidad penal en ambos robos.
Reglas de conducta y reparación
Además de la pena de prisión en suspenso, el magistrado interviniente ratificó las siguientes obligaciones impuestas al encartado por el plazo que fije la ley: Fijar residencia y someterse al control del patronato de internados y liberados, prohibición de acercamiento: No podrá aproximarse a un radio menor de 200 metros de las víctimas, prohibición absoluta de portar armas de cualquier tipo, resarcimiento económico: El condenado deberá abonar la suma de $100.000 a la víctima en concepto de reparación económica.