La Corte Suprema de Justicia resolvió anular la condena por homicidio para el taxista Alberto Mauricio Leal. El chofer que causó la muerte de su asaltante, Gonzalo Sebastián Torres Sosa, fue condenado finalmente por exceso en la defensa y se remitió la causa al tribunal de origen para que se imponga una pena acorde a ese delito.
Reconstrucción del hecho
El 29 de diciembre de 2018 Torres Sosa subió al taxi Chevrolet Agile de Leal en la intersección de avenidas Mate de Luna y Mitre y le pidió al chofer que lo llevara hasta San Luis y pasaje Cabildo, al sur de la capital. Cuando llegaron a esa esquina, el pasajero intentó asaltar al conductor: lo golpeó para quitarle la recaudación y el taxímetro. En ese contexto, Leal sacó su arma (tenía tenencia legítima) y le efectuó cinco disparos (tres proyectiles impactaron en una pierna, otro en el pie y el mortal en el pecho) a Torres Sosa, quien terminó falleciendo.
"El fallo fue un tanto polémico porque hubo una primera condena donde se condenó por Homicidio Simple a Alberto y se le dio una pena de 8 años de prisión, sin preventiva, así que pudo esperar la casación en libertad. Después de un año y medio la Corte decide revocar el fallo de la sala y cambia la calificación legal por un exceso en la legítima defensa, con la particularidad de que requirió el voto de los 5 vocales porque un primer vocal optó por legítima defensa para absolver a Leal; luego el otro juez por una legítima defensa pero con exceso y el tercer vocal opinó que era un caso de homicidio simple", relató el abogado defensor Patricio Char.
En este sentido, "eso llevó a un desempate para complementarse con los vocales que faltaban, quienes optaron por un exceso en la legítima defensa, que tiene una pena de 1 a 5 años de prisión, por lo que prácticamente hay un 100% de probabilidades de que la condena sea de ejecución condicional".
¿Quién fija la pena?
El letrado sostuvo que la Corte Suprema no fija la pena, pero si "ordenó que se remita el fallo a la sala para que con la Fiscalía se acuerde una pena. Alberto no tiene antecedentes penales, ninguna causa contravencional, tiene familia, está totalmente reinsertado y la mitad de la pena ya serían 2 años y medio (excarcelable), y eso ya es un monto alto dentro de la escala penal. Entonces, con dos años que podamos pactar con la Fiscalía estaría bastante acertado y coherente".
¿Hasta dónde llega la legítima defensa?
La Dra. Candelaria Hernández expresó que "es importante saber que la legítima defensa tiene tres requisitos para que sea considerada como tal, es decir, una causal de justificación de la persona para poder defenderse por mano propia de una agresión".
Los requisitos:
- Agresión ilegítima (que este ataque no sea autorizado por la ley)
- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
- Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
"En este caso Leal no podía saber cuanto iba a durar esta situación de peligrosidad a la cual estaba expuesto. Tengamos en cuenta que esta persona que lo atacaba estaba en estado de ebriedad a altas horas de la noche en su vehículo. Entonces era bastante difícil exigirle a esa persona que piense bien los hechos", agregó Hernández.
Por su parte, Char aseguró que se asombraron por la postura que se tuvo en primera instancia para por lo menos dialogar sobre una salida alternativa. "Es un caso para llevarlo a la Facultad y explicar qué es la legítima defensa o el exceso, que sorprendentemente el Tribunal no lo tuvo en cuenta y trató de buscarle el pelo al huevo, como se dice vulgarmente, para condenar a Leal".
¿Cómo es ahora la vida de Alberto Leal?
El abogado relató que su defendido "está exultante, contento y conforme con el fallo porque de haber tenido casi un romance con una celda hoy está disfrutando del momento. Entendemos que es una etapa cerrada en su vida pero no quiere manejar nunca más un arma, de la cual tenía tenencia legítima, y dejó de ser taxista".
Por último, Hernández, indicó que en este caso, "cambia la perspectiva de ver en riesgo su vida y ser uno mismo que se defiende en esa situación límite. Y también que el peso de la ley caiga sobre él, siendo la persona juzgada".