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Decreto: se prorrogó reducción a contribuciones patronales

Se prorrogó el decreto 323, que otorgaba ese beneficio hasta el 31 de diciembre. Ahora, a través de otro decreto, tendrá vigencia hasta el 30 de junio.

El Gobierno estableció una prórroga a la reducción del 100% en las contribuciones patronales para las firmas incluidas en el programa Repro II, destinado a aquellas empresas que pertenecen a actividades críticas debido a la pandemia. La medida fue confirmada por un decreto publicado en el Boletín Oficial.

En concreto, la Casa Rosada prorrogó el decreto 323, publicado en mayo de este año, que otorgaba ese beneficio hasta el 31 de diciembre. Ahora, a través de otro decreto, el número 899, la reducción total de las contribuciones patronales regirá hasta el 30 de junio.

En los considerandos de la medida, se señaló que resulta preciso extender los beneficios otorgados “por un plazo mayor, para no afectar la sustentabilidad económica de las unidades productivas y preservar el nivel de trabajo registrado”.

Asimismo, se agrega que el tratamiento diferencial a las empresas en este punto “será compensado con aportes del Tesoro Nacional con el objetivo de asegurar la sustentabilidad económica y financiera del Sistema Previsional Argentino (SIPA), con el fin de no afectar las prestaciones de sus actuales ni futuros beneficiarios o futuras beneficiarias”.

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Por decreto, el Gobierno prorrogó la reducción a las contribuciones.

Por decreto, el Gobierno prorrogó la reducción a las contribuciones.

Creado por la resolución 938 del 2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el “Programa REPRO IIconsiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos y adheridas al Programa.

El Repro II, que reemplazó a la Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) de la primera parte de la pandemia, incluye criterios de selección para acceder al beneficio y determinar si las empresas se encuentran en condiciones de percibir el subsidio como la variación porcentual interanual de la facturación, variación porcentual interanual del IVA compras, endeudamiento, liquidez, variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera, variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación y la variación porcentual interanual de las importaciones.

A su vez, en el mismo decreto se extendieron los beneficios en este sentido para las nuevas relaciones de trabajo en las provincias del Norte Grande. Se trata de lo establecido en el decreto 191 de marzo de este año por el que se estableció “una rebaja gradual y temporaria de las contribuciones patronales para las nuevas relaciones laborales que se inicien en el término de doce meses contados desde su vigencia, durante un período de tres años”.

La medida abarca a “sectores económicos determinados de las provincias de Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago Del Estero y Tucumán, orientados a la producción de bienes” y busca dinamizar el empleo en la región.

FUENTE: Ámbito

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