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El Gobierno extendió el DISPO hasta el 12 de Marzo

El Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) se extendió hasta el 12 de Marzo a través del Decreto Nº 125/2021. Continúan los protocolos.

A través del Decreto Nº 125/2021, publicado este domingo en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso extender el “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (DISPO) hasta el 12 de marzo, inclusive.

El texto publicado dice que "desde el día 1° de marzo del corriente año y hasta el día 12 de marzo de 2021 inclusive, se mantendrá el “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” -DISPO- para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las Provincias argentinas que no posean transmisión comunitaria sostenida del virus y verifiquen en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios".

La actual fase había sido renovada por el Gobierno nacional desde el primero de febrero, mediante un decreto en el que priorizó las clases presenciales en todas las provincias y vencía este domingo 28. El decreto 67/2021 fue publicado el 30 de enero pasado en el Boletín Oficial y dispuso la extensión de las medidas para mitigar la pandemia de coronavirus.

El actual decreto anunció que se continuarán con los protocolos dispuestos. También seguirán habilitadas la reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 10 personas, siempre que se mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias.

El servicio público de transporte urbano de pasajeros solo podrá ser utilizado por las personas afectadas a las actividades, servicios y situaciones vinculadas a tareas esenciales.

La cuarentena, que comenzó el 20 de marzo, se renovó -con distintas modalidades- el 31 de marzo, el 13 de abril, el 27 de abril, el 11 de mayo, el 25 de mayo, el 8 de junio, el 1 de julio, el 18 de julio, el 3 de agosto, el 17 de agosto, el 31 de agosto, el 21 de septiembre, 12 de octubre, 26 de octubre, 9 de noviembre, 30 de noviembre y el 21 de diciembre de 2020.

Actividades permitidas:

Las reuniones sociales seguirán estando permitidas cuando se realicen en espacios públicos al aire libre con una distancia mínima de dos metros, utilización de tapabocas y cumplimiento de los protocolos y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias locales y nacionales.

También permanecerán funcionando todos los sectores económicos, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria de las jurisdicciones (según las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional).

No obstante, para los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la ocupación de superficies cerradas será de un máximo del 30% del aforo, mientras que en el reto del país será de hasta el 50 por ciento.

En cuanto a los deportes y actividades artísticas, podrán realizarse con cumplimiento de las pautas de higiene y cuidado y respetando los protocolos de cada una de ellas. En lugares cerrados, la concurrencia no podrá ser superior a 10 personas.

FUENTE: Minuto Uno e Infobae

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