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Derecho Animal: "La justicia hizo una ruptura deconstructiva"

Andrés Gil Domínguez, especialista en derecho animal, pasó por LV12 y explicó el caso de Lola Limón, la puma declarada "animal no humano sujeto de derechos".

Un ejemplar de puma fue declarado por primera vez "sujeto de derecho" por la justicia en el mismo sentido en el que antes lo fueron la orangutana Sandra, la chimpancé Cecilia y la elefanta Mara, lo que para los especialistas reconfirma el lugar de vanguardia mundial que Argentina ostenta en materia de derecho animal.

Se trata de Lola Limón, la puma de 3 años y medio que se encuentra en el Ecoparque desde octubre de 2019 cuando fue rescatada por efectivos policiales de una vivienda de Mataderos donde oficiaba como mascota siendo una cachorra de 6 meses de edad.

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"Este caso es consecuencia de la orangutana Sandra, caso que generó una ruptura deconstructiva en esta vida que solamente pueden tener derechos las personas humanas. La derivación de la puma Lola Limón como sujeto de derecho para ser protegida con las particularidades de la misma", sostuvo Dr. Andrés Gil Domínguez, constitucionalista y especialista en derecho animal.

A nivel internacional, "la Justicia argentina es la número uno a nivel mundial en reconocimiento del derecho animal sin lugar a dudas" porque "es la justicia que hizo una ruptura deconstructiva de todo el ordenamiento mundial con el caso orangutana Sandra, que da luego Cecilia, este caso y la elefanta Mara".

Hábitat

Además destacó que "para reconocerle el derecho que está en juego en este caso, que es el derecho a la libertad" de la puma como animal o persona no humana, "primero le otorga la guarda o custodia de Lola Limón al Ecoparque, pero no en carácter de cosa sino sujeto de derecho para que allí se la prepare a efectos de después poder recuperar su libertad si es posible esto".

Siguiendo esta línea, Gil Domínguez, dijo que igualmente "el fallo deberá ser revisado porque no puede pasar de estar en el patio de una casa de Ciudad a estar en el Ecoparque de por vida para un programa de reproducción".

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Penas hacia el maltrato animal

Para el Doctor, "hay dos cuerpos a revisar: en primer lugar: el Código Civil y Comercial que a pesar de la reforma en 2015 viene considerando a los animales como si fuera una cosa, una mesa o una silla. Y la otra es el derecho penal especial en donde hay que reformular en términos de las conductas prohibidas por maltrato y crueldad en las penas asignadas", cerró.

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