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Rentas prorrogó hasta el 31 de julio el Régimen de Facilidades de Pago de Tributos

La Dirección General de Rentas informó que prorrogó hasta el 31 de julio del 2027 el Régimen de Facilidades de Pago de Tributos.

La Dirección General de Rentas informó que prorrogó hasta el 31 de julio del 2027 el Régimen de Facilidades de Pago de Tributos.

A través del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales se pueden regularizar deudas vencidas y exigibles al 30 de ABRIL de 2026 de los impuestos provinciales, incluyendo sus intereses, recargos y multas.

Felipe Carrizo, representante del Departamento Técnico Tributario de la DGR, expresó que entre los beneficios que otorga el régimen para las deudas que se regularicen, podemos destacar los siguientes:

Bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de Diciembre de 2021.

Por los intereses devengados a partir del 1° de Enero de 2022, se establecen las siguientes bonificaciones:

-Del 50% por pago de contado.

-Del 40% por planes que se cancelen hasta el mes de FEBRERO de 2027.

-Del 30% por planes que se cancelen después del mes de DICIEMBRE de 2026.

Los honorarios profesionales de los representantes de la Autoridad de Aplicación por las deudas en cobro judicial en los cuales no se haya dictado sentencia: se dispone una reducción del 50%, o para el caso de multas por incumplimiento a los deberes formales la reducción es hasta el importe de la multa con beneficios, pudiendo ser abonados los citados honorarios hasta en 12 cuotas.

Las condiciones para adherir al régimen en el presente mes se encuentran flexibilizadas.

Al momento de efectuar la solicitud deben encontrarse cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias que vencieron a partir del 1° de MAYO de 2026 y hasta las que vencen en el mes de JULIO de 2026, es decir, 3 cuotas o anticipos.

Para el caso de los Impuestos a los Automotores y Rodados e Inmobiliario, deberán encontrarse abonadas las cuotas 5 a 7/2026 al momento de efectuar la solicitud del plan de pagos. Estas cuotas podrán ser abonadas utilizando los botones de pago disponibles en la página web de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. Estos botones permiten pagar con tarjeta de débito y/o crédito de cualquier entidad bancaria.

La primera cuota de los planes que se realicen en el mes de JULIO vencerá el 18 de AGOSTO de 2026.

La solicitud de adhesión al régimen se realiza íntegramente a través de la página web del Organismo -www.rentastucuman.gob.ar-

INTIMACIONES DE LA DGR

Por otro lado, el jefe de la División de Dictámenes y Capacitación de la Dirección General de Rentas, Sergio Guerra, sostuvo que en el caso de haber recibido en el domicilio fiscal electrónico intimaciones de pago de deudas por tributos provinciales, las mismas podrán ser regularizadas mediante el acogimiento al plan de facilidades de pago con beneficios en quita de interés resarcitorio de hasta el 50% por pago de contado.

Asimismo la regularización de la deuda mediante plan de pagos evita el cobro judicial y los honorarios respectivos.

PAGOS CON TARJETA DE CRÉDITO

Se encuentra vigente el servicio de pago con TARJETAS DE CRÉDITO para la cancelación de las cuotas de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados y de las Contribuciones que Inciden sobre los Inmuebles -CISI Comunas Rurales-.

Para efectuar el pago con tarjeta de crédito, los contribuyentes deberán utilizar el botón de pago "CLICK DE PAGO - TARJETAS DE CRÉDITO" disponible en la página web de este Organismo (www.rentastucuman.gob.ar), al momento de emitir y/o generar el formulario para el pago de la cuota respectiva.

ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE

Se recuerda que todos los trámites son GRATUITOS y no requieren INTERMEDIARIOS.

Para el caso que el contribuyente lo requiera, se brinda asesoramiento de forma personal o telefónica para utilizar los servicios de la página web, tanto para adhesión AL PLAN DE PAGOS como para la presentación de declaraciones juradas del Impuesto de Sellos, entre otros.

El teléfono de la DIRECCION GENERAL DE RENTA ES 381 4503700 (50 líneas rotativas).

NO HAY INTERMEDIARIOS

Guerra dijo que para cualquier trámite a realizar en la DGR el contribuyente lo puede realizar en persona o a través de la página web.

FUENTE: Comunicación Tucumán

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