ACTUALIDAD |

DNU: ¿existen excepciones en las suspensiones de trabajo?

El especialista Matías Sabaté explicó en LV12 las circunstancias en las que empresas y trabajadores pueden concretar el cese temporal pese al DNU que lo prohíbe.

Matías Sabaté.mp3

Dr. Matías Sabaté, abogado: DNU de suspensión de despidos

Promediando esta semana, y luego de extender la cuarentena hasta el 13 de abril para evitar la propagación del coronavirus, el gobierno nacional prohibió por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el despido de empleados sin causa justa durante 60 días por la emergencia pública y como consecuencias de una ola de cesantías y suspensiones llevadas adelante por empresas.

El abogado Matías Sabaté explicó en LV12 Radio Independencia la única posibilidad en la que ese decreto del gobierno se puede romper sin la necesidad de violar disposiciones gubernamentales: "existe la salvedad de suspender el DNU por la posibilidad de un acuerdo individual o colectivo con intermediación del sindicato o con el empleado acordando una cifra no remuneratoria en concepto de una prestación por el cese laboral temporal".

Esta prohibición todavía en carácter de DNU no fue refrendada por la Comisión Bicameral permanente, por lo que está en su primera etapa de análisis constitucional Esta prohibición todavía en carácter de DNU no fue refrendada por la Comisión Bicameral permanente, por lo que está en su primera etapa de análisis constitucional

"Este esquema normativo funciona siempre en caso de fuerza mayor, por ejemplo, si no tuviéramos una pandemia, si un cine se incendia y no tiene posibilidad de desarrollar actividades", manifestó con respecto a la posibilidad de suspender hasta 75 días a un empleado que no pueda ejercer su labor en circunstancias extraordinaria, hecho que desestima el decreto del gobierno.

El especialista destacó en profundidad sobre la excepción al decreto de necesidad que "esto hace que se otorgue la posibilidad de la suspensión acordando una suma de dinero a pagar, que se puede acordar por cualquier monto. Ese sería el efecto de esta prohibición, esto hace que cualquier despido o suspensión tenga carácter nulo".

Dejá tu comentario