La medida publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece un esquema de delegación “funcional, limitada, temporal y revocable”. Las provincias alcanzadas por la normativa son Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes, Santa Fe, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Neuquén.
El decreto aclara que la medida no implica la transferencia del dominio público ni de la jurisdicción nacional, que seguirá en manos del Estado. Las provincias solo podrán avanzar con la administración, mantenimiento, reparación o ampliación de los tramos viales. La Dirección Nacional de Vialidad (DNA), donde se definirán los tramos, plazos y mecanismos de control con la aprobación de la Secretaría de Transporte.
Qué pasará con los peajes
Los fondos obtenidos por peajes solo podrán destinarse a los tramos concesionados, sin posibilidad de financiar otras obras o corredores. Además, se establece que los sectores delegados no podrán integrarse en licitaciones conjuntas con rutas de otras jurisdicciones, lo que limita la conformación de corredores más amplios.
Otro punto clave es el plazo: las provincias tendrán un año para llamar a licitación desde la firma de los convenios. Si no lo hacen, la delegación quedará automáticamente sin efecto. En tanto, si una concesión se extingue por cualquier motivo, el Estado nacional retomará la gestión del tramo. Por último, la norma fija que las concesiones no podrán superar los 30 años de duración, estableciendo un tope para este tipo de contratos.
FUENTE: Ámbito