El gobierno reglamentó este jueves los cambios de días atrás en la Ley de Tránsito y ahora se introdujeron nuevos cambios al sistema de emisión; sobre todo, para aquellas del transporte de pasajeros, transporte inter jurisdiccional y de mercancías peligrosas, es decir las licencias de conducir profesionales.
Así, se estableció un período máximo de 60 días para que las provincias y CABA suscriban a convenios de delegación de facultades para otorgar licencias de conducción de las clases C, D y E. Pasado este plazo, los centros emisores que no se ajusten a la nueva modalidad solo podrán otorgar, renovar y emitir licencias para las clases A, B y G.
Durante este plazo, las condiciones de aptitud psicofísica y de capacitación deberán acreditarse con los certificados que otorguen los prestadores registrados ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Además todos los conductores que ya poseen una licencia de conducir de transporte inter jurisdiccional y licencias de conducir clases C, D y E otorgadas bajo la legislación local o provincial podrán canjearla por la nacional en cualquier centro de emisión de la misma.
El Gobierno estableció además que la licencia de conducir tendrá formato digital y quedará únicamente como opcional la cédula física tradicional. Los conductores podrán solicitar la versión física si la necesitan, por ejemplo, para viajes al exterior.
Licencia digital
La licencia de conducir digital incluirá la foto, documento de identidad; apellido, nombre, fecha de nacimiento, domicilio, fotografía y firma del titular; clase de licencia, especificando tipos de vehículos que lo habilita a conducir; observaciones; fechas de otorgamiento y vencimiento e identificación del funcionario y organismo expedidor; Grupo y factor sanguíneo del titular y visualización del código QR que tendrá además 24hs de vigencia desde que se descarga.
Con respecto a los conductores de vehículos de transporte de mercancías peligrosas, deberán hacer el curso de capacitación básico obligatorio correspondiente.