El delito por el que venía imputada era como presunta autora de homicidio preterintencional y ahora, luego de que en una audiencia anterior la jueza no coincidiera con dicha calificación penal, esa acusación quedó como alternativa. En tanto que, en esta oportunidad, la auxiliar de fiscal María José Agüero formuló una nueva acusación principal.
“La investigación se encuentra en un estado avanzado y estamos próximos a emitir un requerimiento de apertura a juicio. Entendemos que es factible la acreditación del delito de homicidio simple, dejando como acusación alternativa la del homicidio preterintencional”,
“Entendemos que es factible la acreditación del delito de homicidio simple, dejando como acusación alternativa la del homicidio preterintencional”, precisó la representante del MPF, que a continuación demandó que se prolongue el arresto domiciliario por 84 días. “El motivo de la prórroga es para que se pueda emitir el requerimiento de apertura a juicio y de esta manera podamos ingresar a la etapa intermedia a través de la audiencia de control de acusación y admisibilidad de la prueba”, aseguró.
Acusación principal
El 27 de marzo de 2022, a las 8:30 horas, en la intersección de calles Rondeau y Buenos Aires (capital), estaba Medina García discutiendo con Correa Zeballos. A continuación, la acusada, que portaba un arma blanca entre sus manos, se acercó a la víctima y con la intención de ocasionarle la muerte, le asestó una puñalada en el abdomen, provocándole heridas que lesionaron la zona intestinal, lo que lo llevó al óbito el 18 de abril en el Hospital Padilla.
Acusación alternativa
El 27 de marzo de 2022, a las 8:30 horas, en la intersección de calles Rondeau y Buenos Aires (capital), allí estaba Medina García discutiendo con Correa Zeballos. A continuación, la acusada, con intenciones causarle un daño en el cuerpo, se acercó a la víctima y le asestó una puñalada con un elemento punzopenetrante presumiblemente de pequeñas dimensiones, ya que la herida en región abdominal fue de dos centímetros. Dicho medio no debía razonablemente ocasionar la muerte, provocándole lesiones, las cuales, unidas a las condiciones clínicas preexistentes que contribuyeron a la mala evolución, llevaron al óbito a la víctima el 18 de abril, luego de tratamientos médicos recibidos en el Hospital Padilla.