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Indemnización laboral: un nuevo sistema para el cumplimiento de los derechos

LV12 habló con Guillermo Kutter, creador del sistema que toma la suba de precios y la variación salarial para la indemnización por despidos.

Un juez, titular del Juzgado del Trabajo de la lllª Nominación, tomó la suba de precios y la variación salarial para la indemnización por despidos. Se trata del diseño de un sistema básico para definir el valor justo de los créditos laborales por despidos y así, evitar la desvalorización del dinero que pueda transcurrir hasta el dictado de la sentencia definitiva.

"En este contexto actual está instalada la polémica respecto a la industria del juicio de trabajo. Yo considero que existe un incumplimiento por parte de los empleadores con respecto a toda la normativa que protege al trabajador y eso genera que el trabajador deba acudir a la Justicia en reclamo de sus derechos", dijo Guillermo Kutter, creador del sistema, a LV12 Radio Independencia.

Guillermo Kutter

Kutter señaló que, en este nuevo sistema el carácter alimentario "está expresamente contemplado y protegido" tanto en nuestra Constitución Nacional como en Tratados internacionales de Derechos Humanos con validez constitucional, convenios internacionales y por la Ley de Contrato de Trabajo, a través del artículo 276, que se refiere a la protección legal de los créditos de los trabajadores. Asimismo, la necesidad de los jueces de dictar una sentencia teniendo en cuenta el "valor real de ese crédito del trabajador".

El interés de los créditos laborales es el precio que hay que pagar por usar el dinero que es de otros, o sea, que en el caso de los juicios laborales, el empleador no le ha pagado lo que corresponde al trabajador y el trabajador ha tenido que venir a la Justicia a reclamar por lo que le están debiendo, durante todo el tiempo que no le ha estado pagando desde que terminó la relación laboral hasta que sale la sentencia que reconoce el derecho del trabajador, ha utilizado ese dinero que era de su trabajador, entonces, el interés va a ser el precio que va a tener que pagar por haber usado ese dinero por ese plazo de tiempo El interés de los créditos laborales es el precio que hay que pagar por usar el dinero que es de otros, o sea, que en el caso de los juicios laborales, el empleador no le ha pagado lo que corresponde al trabajador y el trabajador ha tenido que venir a la Justicia a reclamar por lo que le están debiendo, durante todo el tiempo que no le ha estado pagando desde que terminó la relación laboral hasta que sale la sentencia que reconoce el derecho del trabajador, ha utilizado ese dinero que era de su trabajador, entonces, el interés va a ser el precio que va a tener que pagar por haber usado ese dinero por ese plazo de tiempo

El creador del nuevo sistema, indicó que antes de la implementación de esta nueva forma de validar los derechos de los trabajadores, se implementaba un sistema donde se aplicaba la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, donde ellos actualizaban. De modo, que hoy esa tasa activa se "acerca mucho a la inflación porque lo que está pagando el Banco Nación en plazos fijos, es por lo menos el 97%", antes era "muy inferior a la inflación real".

Por lo tanto, en aquellos juicios que demoraban entre tres o cuatro años en obtener una sentencia, el crédito del trabajador se desvalorizaba, por lo que el empleador terminaba beneficiándose.

La deuda definitiva que terminaba pagando era en poder adquisitivo de la moneda, porque eso es lo importante a tener en cuenta, el poder adquisitivo. Si al trabajador le hubiesen pagado al momento del despido lo que le corresponde, qué es lo que él podría haber comprado en ese momento y qué es lo que puede comprar cuando termina el juicio. Sin duda es mucho menor de lo que podía haber comprado originariamente La deuda definitiva que terminaba pagando era en poder adquisitivo de la moneda, porque eso es lo importante a tener en cuenta, el poder adquisitivo. Si al trabajador le hubiesen pagado al momento del despido lo que le corresponde, qué es lo que él podría haber comprado en ese momento y qué es lo que puede comprar cuando termina el juicio. Sin duda es mucho menor de lo que podía haber comprado originariamente

Es así, que en un país "con una profunda crisis económica", donde tenemos una proyección de inflación que estiman que sería superior al 100%, movió a Guillermo Kutter a idear este sistema, que dice, cree que "es el más justo" y el que "fija el valor del poder adquisitivo real de la moneda del trabajador", teniendo en cuenta dos momentos procesales: el momento en donde se puso fin a la relación laboral y el momento de la sentencia.

Yo tomo dos parámetros, uno es la evolución en ese período de tiempo de saber el Salario Mínimo Vital y Móvil y por otro lado, la evolución en ese período de tiempo del índice de precios al consumidor, de esos dos parámetros saco un porcentual y ese porcentual lo aplico a la tasa activa y ahí me sale lo que realmente debería cobrar Yo tomo dos parámetros, uno es la evolución en ese período de tiempo de saber el Salario Mínimo Vital y Móvil y por otro lado, la evolución en ese período de tiempo del índice de precios al consumidor, de esos dos parámetros saco un porcentual y ese porcentual lo aplico a la tasa activa y ahí me sale lo que realmente debería cobrar

Finalmente, contó que él aplicó este sistema por primera vez para tres trabajadores despedidos en el mes de julio del año 2021, para los cuales hubo una sentencia dos años después, más precisamente en mayo de este año. En ese momento, la tasa activa había evolucionado un 119%, el índice al consumidor un 209% y el Salario Mínimo Vital y Móvil un 210%, donde él aplicó 1,75% de tasa activa, que terminaron otorgándole a los trabajadores un monto de $28.150.000.

https://www.lv12.com.ar/incendio/siguen-combatiendo-un-incendio-serranias-cercanas-la-toma-vipos-n142879

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