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Desde abril se deberá discriminar el IVA en las facturas

Desde el 1° de abril, todas las facturas emitidas deben detallar el monto correspondiente al IVA contenido, en el marco del régimen de transparencia fiscal.

A partir del 1° de abril, todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deberán detallar el monto correspondiente al IVA contenido, en el marco del régimen de transparencia fiscal llevado adelante por la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA) en distintas etapas a partir del 1° de enero.

Sin embargo, quienes emitían comprobantes a través de facturación electrónica con sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la posibilidad de discriminar el IVA en sus tickets de compra.

El objetivo principal de la medida es que los consumidores puedan visualizar con mayor claridad "la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos". A partir de la implementación, cada ticket o factura llevará la leyenda "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743". Los consumidores podrán observar en sus facturas un apartado específico donde se detalla el monto de IVA incluido en el precio final y, de corresponder, otros impuestos nacionales indirectos (solo internos).

Según detalló ARCA, el incumplimiento de estas obligaciones estará sujeto a la sanción de clausura de 2 a 6 días del establecimiento, de acuerdo a lo dispuesto la Ley de Procedimientos Fiscales.

Ante las varias consultas, desde el organismo recaudador aclararon que "la medida no incluye a los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado", es decir a los monotributistas.

FUENTE: C5N

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