Si bien las leyes que regulan los regímenes especiales no han estipulado la aplicación del artículo 9, inc. 2, de la Ley N° 24.463, lo cierto es que en la actualidad dicha norma -conocida como “Ley de Solidaridad Previsional”- continúa siendo aplicada administrativamente como un “descuento” sobre los haberes de jubilados de estos regímenes especiales que se encuentran administrados por la ANSES.
La abogada Mariela Dobias, explicó en LV12 que "estamos hablando de un grupo específico de jubilados que ha obtenido su haber previsional por un régimen especial y se deja de lado el general. Esto jubilados son docentes de educación primaria, media, universitarios, investigadores científicos y tecnológicos y el servicio exterior de la Nación".
Su normativa se encuentra vigente y "se establece que están exentos de este descuento que se practica a través del artículo 9 de la ley N° 24.463. Es como un aporte al régimen general que se encuentran en condiciones inferiores. Son jubilaciones más altas por sus montos".
En este sentido, dijo que cajas que no lo aplican y directamente cumplen con la normativa. "Pero tenemos a la caja de ANSES que abarca a muchos jubilados y que lo practican de manera rutinaria".
La Dra. que es parte del Estudio Jurídico Dobias-Pisani, indicó que "son jubilaciones que rondan los 2 millones y 2 millones y medio de pesos. Entonces al momento de jubilarse les queda alto y estamos hablando de descuentos importantes de 500 mil pesos, más aún en la economía actual que tenemos. También a estos jubilados les suelen retener ganancias y hablamos de superar el 75% de la jubilación".
Por último, recomendó que "es importante iniciar un reclamo judicial de manera personal y no grupal como se hacía antes".