- Agua de Mesa Tratada en bidones, Marca: “KIM”
- Agua de Mesa Tratada en bidones, Marca: “SAN ANTONIO”
MOTIVO:
No cumple con la legislación vigente en cuanto a rotulado en infracción al Código Alimentario Argentino en sus artículos 3, 6 y 6 bis, por incluir leyenda sobre su composición o procedencia y no presentar información obligatoria, ya que el nombre del elaborador, domicilio y números de registros resultan inexistentes.
Que, en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad se prohíbe su comercialización.
Por lo expuesto, la Dirección de Bromatología del Sistema Provincial de Salud recomienda:
- A los consumidores que hayan comprado o tengan el producto en su poder que se abstengan de consumirlos.
- A quienes expendan el producto cesar su comercialización.
- A quien presente algún malestar luego de consumir el producto realice una consulta médica.
- En todos los casos informar a la Dirección de Bromatología.
FUENTE: Ministerio de Salud Pública de Tucumán