Los dueños de los natatorios de uso público pueden solicitar la habilitación a partir de septiembre para que desde octubre ya puedan funcionar hasta el 31 de marzo. Hasta la fecha tenemos bastante natatorios habilitados, son aproximadamente 40 además de los climatizados que funcionan durante todo el año y llegan a 20”, detalló Silvina Gerstenfeld.
Asimismo, la referente destacó que es un trámite que se debe realizar con tiempo y la ventaja de contar con la habilitación es que se minimizan los riesgos que conlleva la actividad.
“Existen una serie de requisitos legales que se deben presentar, como ser un pedido de solicitud, el seguro que cubra los accidentes, un sistema de emergencia, el carnet de los guardavidas, luego de la presentación de estos requisitos, nosotros realizamos una inspección técnica del lugar, verificamos cuestiones sanitarias y de seguridad, sacamos una muestra de agua la cual es procesada por nuestro laboratorio de agua potable y si la inspección técnica y el análisis de agua se encuentran en condiciones al igual que la documentación, se emite una resolución de habilitación”, destacó.
Siguiendo esta línea, Gerstenfeld hizo hincapié en que la resolución número 508 establece que se debe contar con un guardavida cada 50 bañistas. Es decir, que la cantidad de guardavidas depende de los que concurran el lugar.
Finalmente, la referente destacó que cuentan con una señalética, una cartelería que dice natatorio habilitado. “Es importante que las personas que concurren al natatorio puedan visualizarla y poder elegir realmente un natatorio que se encuentra en condiciones de habilitación”, cerró.
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FUENTE: Secretaría de Estado y Comunicación Pública