El Anexo del Senado de la Nación se convirtió el pasado martes en un territorio de urgencia. El título del conversatorio no era azaroso: “Derecho a la voz: contra la criminalización de quienes denuncian violencia”. La consigna funcionó como un escudo colectivo frente a un proyecto de ley, encabezado por la diputada Carina Losada, que ya tiene dictamen de mayoría en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales y espera agazapado su turno en el recinto. La propuesta busca reformar el Código Penal para aumentar las penas por “falsa denuncia”, “falso testimonio” y “encubrimiento” en causas vinculadas a: violencia de género, delitos sexuales, niñas, niños y adolescentes. Sin embargo, para las organizaciones que colmaron el salón, el nombre técnico es otro: una herramienta de disciplinamiento político.
En un portal web, afirmaron que en nuestro sistema judicial, una denuncia puede desarmar una familia en pocas horas. No siempre hace falta prueba. No siempre hay audiencia previa. En muchos casos, ni siquiera se escucha a todas las partes. Con una sola declaración pueden activarse prohibiciones de acercamiento, interrumpirse vínculos y reconfigurarse por completo la vida familiar. El proceso llegará después. Y recién entonces se verá si la puesta en funcionamiento de esos dispositivos tenía fundamento. Esto no es una hipótesis teórica. Es lo que pasa, a diario, en los juzgados de familia (con excepciones, claro).
En este marco, la abogada feminista Soledad Deza, pasó por LV12 y explicó: "Por un lado está la ley 26.485 y lo que establece y por otro están las prácticas (cómo los tribunales aplican la ley) y los datos y los relatos. Cuando hay una denuncia de violencia de género, posiblemente se pueda dictar una orden de restricción en la inmediato. Es una medida cautelar, pero la ley es mucho más exigente porque dentro de las 24 horas debe llamarse a la denunciante para que ratifique, y dentro de las 48 horas, se hace lo propio con el denunciado a una audiencia que debe realizarse bajo pena de nulidad por el juez".
"Si aplicamos la ley no se desarma ninguna familia y el juez o jueza que interviene va a tomar conocimiento frente a frente con ambas partes y podrá discernir lo mejor para ese vínculo, ya sea una familia o una pareja", agregó.
Entonces, "el problema sería la mala aplicación de la ley y no podemos cargarle a la problemática las consecuencias de la mala administración de Justicia: si gestiona mal el conflicto, el problema es de la Justicia".
Para Deza, "modificar la ley y agravar las penas para la falsa denuncia de violencia de género, derivando de un análisis mal hecho y sin respaldo estadístico en uno, dos o tres casos, es revictimizante por varias cuestiones".
El artículo 245 del Código Penal ya prevé una pena para cualquier persona que a sabiendas que lo que denuncia es falso, hace una denuncia. "Ya existe ese delito y agravar la pena solo para los casos de violencia de género y casos de abuso sexual infantil implica un sesgo de género porque estoy desincentivando esas denuncias".
Caso María Magdalena
El 27 de abril comienza un juicio clave para la historia del acceso a la salud reproductiva de mujeres y cuerpos gestantes. "Es un juicio histórico después de 14 años. Una joven de 26 años madre de 3 hijos fue legrada sin anestesia y denunciada a la Policía luego de buscar ayuda en la Maternidad. Las resistencias fueron muchas para investigar este caso de violencia de género y viene bien en este contexto de falsas denuncias", destacó Deza.
"Las vidas de las mujeres que denuncias violencia de género no es fácil y el Poder Judicial no es especialmente receptivo. No hay que tener miedo de lo que pasa en el Poder Judicial frente a la violencia, hay que tener miedo cuando no se hace nada", finalizó.

