En cuanto a los impuestos, el contador y subdirector de Rentas, Juan Manuel Fernández, manifestó: "Comprende los ingresos brutos, para la Salud Pública, el impuesto de sellos, inmobiliario, el CISI- Comunas Rurales, Automotores y Rodados, la tasa al uso especial del agua y las tasas Retributivas de Servicios".
Cómo se puede acceder a esta prórroga
Es importante usar la clave fiscal que otorga AFIP, para poder ingresar a la página web de Rentas. "Deben tener cumplidas y abonadas las obligaciones y que los vencimientos operen a partir de julio, inclusive hasta noviembre. En ingresos brutos y para la Salud Pública, estamos hablando de los anticipos del mes 6,7,8,9 y 10. En tanto para Inmobiliario y Automotores son la cuota 7,8,9,10 y 11".
Cuáles son los beneficios
Fernández sostuvo que "están bonificados totalmente los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2019".
Los intereses que vengan a partir de esa fecha tienen las siguientes bonificaciones:
- El 70 % cuando se trata de planes de contado
- El 60 % si se hace un plan cuyo vencimiento no exceda julio del 2023
- El 50 % para el resto de los planes
El contador expresó que "los planes que se soliciten en noviembre tienen como primer vencimiento el 15 de diciembre de 2022". En cuanto a los planes de pago caídos, "es posible reformularlos".
Por último, informó que "todos los trámites se hacen a través de la página web de Rentas": http://www.rentastucuman.gob.ar/nomina/rentastuc2/