La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) tomó el último martes, entre gallos y medianoche, la decisión de dar por finalizados los torneos nacionales. Entre los puntos, se resolvió anular los descensos en todas las categorías, la clasificación a las copas Sudamericana y Libertadores y que los ascensos se definan en la cancha, algo que hizo explotar al mundo de Atlanta y de San Martín, punteros de sus respectivas zonas en el torneo de la Primera Nacional.
Ante esta situación, el juez del Tribunal Fiscal de la Nación Miguel Nathan Licht se expresó en su cuenta personal de Twitter y accedió a un mano a mano interesante con LV12 Web.
LV12: ¿Cómo surge la idea de realizar este ensayo?
Miguel Nathan Licht: Soy simpatizante de Atlanta. No soy directivo ni nada de lo que se le parezca del club, pero más allá de mi simpatía por el club, desde lo jurídico es un tema muy muy interesante. Porque involucra muchas instituciones jurídicas y es una cuestión que, al no estar reglada expresamente lo que pasa con los torneos, justamente por tratarse de un hecho fortuito, obliga a resolverlo no con cuestiones de fácil aplicación sino que obliga a movilizar una inteligencia jurídica. Esto obliga a interpretar, a ver lo que dicen los estatutos, los reglamentos de la AFA, los reglamentos de la CONMEBOL, de la FIFA, qué dicen los principios generales del deporte, si hay jurisprudencia. Obliga a toda una tarea jurídica que es interesante. Moviliza una inquietud. Lo fui estudiando de a poquito y me di cuenta que lo que decidió el Comité Ejecutivo no estaba acorde a derecho, entonces me entuasiasmó escribir sobre este tema. Yo no ejerzo la profesión, ni puedo ejercerla porque soy Juez del Tribunal Fiscal de la Nación y soy profesor titular de Derecho Administrativo de la facultad. Yo lo que escribí mas allá de mi simpatía, lo escribí a conciencia. No voy a rifar mi prestigio jurídico por un sentimiento futbolístico. Lo que está escrito ahí lo pienso más allá del hincha. Lo pienso como jurista.
¿Cuáles son las decisiones que AFA tomó que van en detrimento de ambos clubes?
Yo creo que se tomó una decisión, y que esa decisión como pasa muchas veces, es algo que no condice o es contraria al ordenamiento jurídico que la rige. Cuando eso pasa, en la jerga jurídica, se dice que esa decisión es arbitraria, porque no es derivación razonada del derecho que debe ser aplicada en el caso concreto. En qué me sustento para decir esto? en varios puntos.
El primer punto, lo que uno tiene que analizar es si el Comité Ejecutivo era competente para tomar esa decisión. En condiciones normales, el estatuto de la AFA lo que dice es que el Comité Ejecutivo tiene que (una vez que se terminen los campeonatos) proclamar los resultados y decretar los ascensos y descensos de la temporada. Eso es lo que dice uno de los artículos que rige al Comité Ejecutivo.
Hay otro artículo perdido por el estatuto dice que en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, el Comité Ejecutivo es el que va a resolver cuestiones que no estén previstas estaturiamente pero que deberá hacerlo conforme a dos parámetros: a Justicia y Legalidad. Y también dice que deberá hacerlo conforme a los estamentos de la CONMEBOL y de la FIFA. Entonces a que llego con todo esto? En primer lugar, el Comité Ejecutivo si se consideró con competencia para decidir sobre la situación de los torneos que estaban en juego y darlos por concluído, en el mismo acto tendría que haber tomado una decisión respecto de los ascensos y los descensos. Lo hizo con relación a los descensos, consideró que al no haberse terminado de desarrollarse de manera normal la temporada futbolística, no había méritos deportivos suficientes para decretar los descensos. Respecto de los ascensos, podían pasar dos situaciones: Una, decir que no se había desarrollado mérito deportivo suficiente para decretarlos o la otra es decretar en función de los méritos deportivos alcanzados en función de esa temporada. Lo que no podía hacer, porque no está dentro de sus facultades legales, es diferirlo para más adelante.
En primer lugar porque los ascensos y descensos, dicen los estamentos de la FIFA y la CONMEBOL, se tienen que determinar al finalizar la temporada. Y esa mención no es un capricho, tiene sustentos en principios deportivos que son superiores y que deben regir a la AFA. Cuáles son estos principios superiores? Son todas derivaciones del principio de igualdad. Un ejemplo: el libro de pases tiene un período perentorio, porque ¿Qué pasaría si estuviera permanentemente abierto? Faltan cinco fechas para terminar el torneo, se están disputando el primero y el segundo la clasificación y te contratan a Messi, Maradona y Pelé. Eso no podés.
Y en este caso lo que se quiere hacer es determinar los ascensos de una temporada que ya concluyó, con reglas nuevas. Y eso no se puede hacer, eso viola cualquier principio de equidad. Y tampoco se puede hacer que en la contienda participen jugadores y actores distintos. Porque por más que sigan siendo los mismos clubes, los jugadores también son parte de la contienda. No podés cambiar los jugadores.
Por ejemplo, con la Copa de la Superliga dónde se jugó una sola fecha, no podés proclamar campeón a un equipo por diferencia de gol, porque jugó un sólo partido. Si se hubieran jugado dos o tres fechas tampoco lo podés proclamar porque es muy poco lo desarrollado del juego. En este caso, en la Primera Nacional se desarrolló más del 70% de la competencia. Es verdad que ni San Martín de Tucumán, ni Atlanta por ser primeros en sus zonas podrían ascender, pero evidentemente tienen un mérito deportivo superior a los otros equipos de la competencia.
Y, si yo tengo que recurrir a deportes o a reglamentos análogos al fútbol, donde sí pasa esta situación que se suspenda la competencia, donde es frecuente, es en el automovilismo. Yo los invito a los lectores a repasar reglamentos del Turismo Nacional o del automovilismo Internacional y van a dar cuenta que normalmente se dice que si transcurrió un determinado porcentaje de la carrera, al finalizar se le adjudica al puntaje al que iba primero, segundo, tercero y así sucesivamente.
San Martín de Tucumán y Atlanta están en una situación distinta a la que están el resto de los competidores, pero además de esto, esta forma de evaluar el mérito deportivo también fue considerada por la AFA ¿Por qué? Porque la AFA otorgó las plazas para las competencias sudamericanas en función del puntaje obtenido en el transcurso de la temporada. Y la temporada de Primera tampoco estaba concluída y sin embargo adjudicó derechos. Eso se llama técnicamente teoría de los actos propios. Esto significa que nadie puede ir en contra de sus propios actos. La AFA hay muchas cosas que la limitan, no puede tener un criterio de interpretación del mérito deportiva para la Superliga, otro para la Primera Nacional, otro para la Primera B y otro para la Primera C. Tiene que actuar de manera uniforme el criterio de interpretación, porque lo que está haciendo es violar otro principio, que es el principio de igualdad de trato.
¿Esto quiere decir que San Martín y Atlanta...?
San Martín de Tucumán y Atlanta no tienen un derecho a ser proclamados ganadores de sus competencias. A lo que tienen derecho, cuanto menos, es que la AFA tome una decisión desde sus órganos soberanos sobre los ascensos y los descensos respecto de la temporada que pasó. Entonces, lo que tendría que haber analizado el Comité Ejecutivo es si el 70% de la competencia es suficiente para decretar el mérito deportivo a San Martín y a Atlanta para ascender. Lo que no tendría que pasar es que ninguno de los equipos que juegan en la divisional es esperar de junio a diciembre para conocer quiénes van a ser los ascendidos porque la temporada ya terminó. Lo que puedo decir con contundencia es que no pudieron haber diferido la proclamación para el segundo semestre y tienen que tomar una decisión en este mismo momento. Y los equipos con más méritos deportivos son San Martín de Tucumán y Atlanta. Los clubes deben plantear esto. El propio estamento de la AFA les permite presentar un recurso de reconsideración ante el Comité Ejecutivo o un recurso de apelación y a su vez, tienen la posibilidad de ir a los estamentos superiores de la CONMEBOL y a todo evento, terminar la cuestión ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). Tienen muchos sustentos tanto de pedir una medida cautelar para que se suspendan los efectos de esta resolución, como para tener una decisión definitiva que les proclame la nulidad y obtener el ascenso.
¿Esto debería ser presentado en qué momento por parte de San Martín y Atlanta?
Los recursos de reconsideración deberían ser presentado en lo inmediato y la medida cautelar ante el TAS tendrían que peticionarla también en forma inmediata. Y la resolución de fondo, si la AFA no decide, tardará meses. Lo más importante que tienen que hacer ahora es una presentación seria, concisa y fundada en derecho para que revea esta decisión que es arbitraría. Además, lo que hubiera correspondido de la AFA es darle intervención a la Secretaría de Asuntos Jurídicos y a la Secretaría de Torneos. No es que había cuestiones que podían ser decidas por la gente con derecho a voto.
¿Alguien lo contactó por parte de San Martín o de Atlanta?
No. Yo esto lo hice motivación altruísta, tengo sentimientos por Atlanta pero me interesó desde el punto de vista jurídico.
¿Cuál es la situación hoy por hoy de San Martín y Atlanta?
Hoy, ambos clubes están en la misma condición que cualquier otro equipo de la divisional. El torneo de la temporada 2019/20 se terminó, se dio por concluído. es decir, hoy tienen tantas chances de ascender Chacarita, Quilmes, Plantense, Ferro, Agropecuario como San Martín y Atlanta porque esa fue la decisión que tomó el Comité Ejecutivo. Entonces San Martín y Atlanta, que fueron lesionados en sus interéses legítimos, lo que tienen que conseguir es una revisión de la decisión que los puso en pie de igualdad que el resto de los equipos de la categoría. O sea, San Martín y Atlanta no están más primeros, se terminó ese torneo.
¿San Martín y Atlanta deberían esperar a que el Comité Ejecutivo, en base a lo que indique el Ministerio de Salud de la Nación, tome un decisión sobre si se puede o no jugar al fútbol?
Eso sería un error garrafal porque el daño jurídico a ambos clubes ya se produjo. No tienen que esperar una nueva resolución del Comité Ejecutivo. El daño se consumó desde el momento en que lo pusieron en pie de igualdad con los otros equipos de la categoría. La AFA si quisiese podría, a partir de lo que resolvió, organizar un eliminatorio a un partido en cancha neutral entre todos los equipos de la categoría. No existe más eso del reducido de ocho, de cuatro, de diez. Inclusive si a All Boys no lo hicieran participar del reducido, en función de lo resuelto por la AFA, diría que le están ocacionando un daño, porque All Boys está en igualdad de condiciones con los otros equipos. No pueden dejar de hacer participar a un equipo de la categoría porque sería discriminatorio.
Otras frases de Miguel Nathan Licht:
"San Martín y Atlanta tienen que salir ya a revertir esta decisión y no esperar una decisión a posteriori. El daño ya está hecho".
"San Martín de Tucumán es un equipo poderoso, tendría que plantear una medida cautelar ante el TAS".
"Si los clubes hacen una presentación seria y fundada, cuanto menos van a obligar al otro a escribir algo serio. Y si no escriben algo serio van a desnudar con mayor nitidez la arbitrariedad de la primera decisión".

