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El senado convirtió en ley los cambios en Bienes personales

Fue por 37 votos a favor y uno en contra. La oposición se retiró del recinto y denuncia que la sesión es "nula".

Pasadas las 15.30 el Senado logró el quorum con 38 asistentes en la sesión especial que se convocó para convertir en ley el proyecto que modifica y eleva el mínimo del Impuesto sobre los Bienes Personales y aumenta las alícuotas de los patrimonios superiores a 100 millones de pesos, que fue votado el martes pasado por la Cámara de Diputados. Tras dos horas de debate, se sancionaron los cambios por 37 votos a favor y uno en contra.

SESIÓN - 29-12-21

El Frente de Todos tuvo una baja antes de iniciar la sesión ya que el senador catamarqueño Guillermo Andrada dio positivo de Covid-19 antes de ingresar al recinto. "Quiero informar que encontrándome asintomático, en testeo realizado en Senado de la Nación previo a la sesión de hoy di positivo de COVID-19", escribió en su cuenta de Twitter.

"Al anoticiarme del resultado, procedí a cumplir el aislamiento previsto por autoridades sanitarias y comunicar a mis contactos estrechos", completó.

La iniciativa llegó al recinto de la Cámara alta con dictamen favorable y media sanción de la Cámara baja. La iniciativa original -aprobada por unanimidad el 28 de octubre último en el Senado- fue modificada por el oficialismo la semana pasada en Diputados, en una votación ajustada en la que obtuvo 127 votos contra 126 de la oposición.

Debido a eso retornó al Senado en "segunda revisión", por lo que los senadores debieron expedirse nuevamente a favor o en contra del proyecto.

Aunque el oficialismo perdió seis lugares tras la renovación parlamentaria instrumentada el 10 de diciembre pasado, cuando pasó de contar con un total de 41 senadores propios a 35, en base a los resultados de las elecciones de medio término realizadas el 14 de noviembre, aún se mantiene como primera minoría.

Los detalles del proyecto

  • El proyecto establece que el mínimo no imponible pase de los 2 millones de pesos a los 6 millones; e indica que de tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el tributo cuando resulten iguales o inferiores a 30 millones de pesos -actualmente es de 18 millones de pesos-.
  • Además, esos montos “se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que suministre el INDEC, correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior”, reza el texto.
  • En cuanto a la suba en las alícuotas para los patrimonios más altos, pasará de 1,25% a 1,50% para aquellos que superen los 100 millones de pesos y hasta 300 millones; mientras que para los de más de 300 millones se incrementará en 1,75%. Además, se mantiene el 2,25% sobre los bienes en el exterior.
  • No obstante, se delega al Poder Ejecutivo “la facultad de disminuir las alícuotas aplicables a los bienes situados en el exterior, para el caso de activos financieros situados en el exterior, en caso de verificarse la repatriación del producido de realización, supuesto en el que podrá fijar la magnitud de la devolución de hasta el monto oportunamente ingresado”.
  • Y se sumó una modificación sobre el impuesto a las Ganancias, de modo de prorrogar la facultad del Poder Ejecutivo para actualizar la alícuota de descuento del tributo que pagan los trabajadores. Una cuestión que estaba prevista en el Presupuesto 2022, que fue rechazado en Diputados.

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