El hombre de 45 años ante la justicia declaró “Yo quisiera aclarar que a mí jamás se me ha dejado hablar con ella. Jamás se me dejó hablar, expresarme y demostrar que no soy una amenaza. Yo sólo he querido disculparme. Es algo que necesitaba hacerlo por mi familia. Nunca he sido un peligro para ella”.
Acosó a la mujer durante una década
Ya había sido denunciado en la comisario de Tafí Viejo y el informe forense (que concluía “que no presentaba síntomas de enfermedad, no tenía alusiones y que comprendía su acciones”), la representante del MPF dijo: “Hemos acreditado la existencia del hecho para entender que el imputado es autor del delito que se investiga; esto surge de las evidencias mencionadas, particularmente, de las declaraciones (de la víctima y de testigos) como así también de los registros fílmicos donde se observa claramente que el imputado se presentó en su domicilio. Nos encontramos con características que hacen especialmente gravoso al hecho. La víctima manifestó que hace más de una década el acusado la amedrenta (acciones determinadas durante los años 2012, 2015, 2016, 2017 y 2024). Nos contó que todo comenzó con mensajes que recibió por facebook cada tres días y que luego esta violencia comenzó a escalar (le llevaba cartas, dejaba estacionado su auto -detrás del de ella y le tocaba la ventanilla-, la siguió hasta la salida de un boliche, la esperaba fuera de su casa -hasta altas horas de la noche-). Nos encontramos frente a un hecho cometido en un contexto de violencia de género y considero que fue totalmente planificado, es decir, el imputado no pasó por casualidad cerca de la casa de la víctima y decidió parar. De ninguna manera, se observa claramente en los registros fílmicos: cómo la estaba esperando allí y utilizó su automóvil para huir rápidamente del lugar tras ser visto por el novio y el vecino. Sorprende a este Ministerio la impunidad con la que se manejó ya que llegó a la casa y esperó en la vía pública, en una zona transitada. Pese a los pedidos para que se retirara del inmueble, él insistía y exclamaba que venía a hablar con ella. La víctima vive en un estado permanente de alerta por las acciones del imputado y alteró su cotidianidad limitando su libertad en los espacios públicos y en las inmediaciones de su domicilio. Manifiesta un total desprecio por la autonomía de la voluntad de la mujer, aquí en audiencia dijo que jamás se lo ha dejado hablar con ella”.
Dentro del plazo de las 48 horas, desde el momento de la detención, un hombre de 45 años (domiciliado en Tafí Viejo) fue imputado por el delito de desobediencia judicial, en calidad de autor.
Lo resuelto
Al resolver, la jueza interviniente dispuso que el acusado sea trasladado de inmediato al Hospital Obarrio, cuyo equipo interdisciplinario deberá redactar un informe que establezca su internación o no. Caso contrario deberá cumplir arresto domiciliario por 15 días (con la colocación de una pulsera electrónica y con rondas policiales periódicas). Lo dispuesto por la magistrada fue impugnado por la querella con adhesión de la Fiscalía al sostener que hubo una errónea aplicación del derecho y faltó una perspectiva de género que garantice la integridad psicofísica de la víctima (conforme a lo expresado por el psiquiatra forense sobre la capacidad de comprender los actos).
FUENTE: MPF