La medida se implementó a través de la Resolución 59/2024 de la Secretaría de Transporte y la Disposición 177/2024 de la ANSV, publicadas este martes en el Boletín Oficial.
La primera norma encuentra su marco en el DNU 70/2023 y apunta al "libre ingreso a la actividad, libertad de contratación y una intervención estatal limitada a brindar un servicio en condiciones de eficiencia y seguridad".
"Resulta necesario dotar al sistema de transporte de herramientas flexibles que permitan la apertura máxima de la actividad y la posibilidad de que la capacitación y formación profesional de los conductores del transporte automotor de pasajeros sea brindada por cualquier proveedor particular idóneo para tal fin, permitiendo así una amplia pluralidad de prestadores a fin de elevar los estándares de calidad en materia de capacitaciones", señala el texto.
FUENTE: C5N