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El COE actualizó las medidas para el ingreso a Tucumán

Entre otras cosas, fijó la obligatoriedad del aislamiento de toda persona que ingrese a la provincia proveniente de lugares con circulación de la variante Delta

A través de la resolución 103 con fecha del 23 de agosto, el Comité Operativo de Emergencia estableció nuevas disposiciones para los ingresos a Tucumán por cualquiera de las vías habilitadas, para aquellas personas provenientes de lugares con circulación de la variante Delta confirmada.

De este modo, resolvió dejar establecido que el ingreso de personas a la Provincia de Tucumán provenientes de otros países o de provincias argentinas donde exista circulación de la variante Delta del virus SARS-CoV-2, deberá seguir indispensablemente el siguiente procedimiento:

Por vía terrestre

-Para el caso del transporte de cargas, las personas afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional deberán presentar en la frontera, además de toda la documentación de todos los ocupantes del transporte, la orden de carga UCU o Permanencia en la Provincia (Duración y lugar), que consigne además el origen y el destino.

-Además, independiente de la orden de carga o PCR o test de antigenos vigente (72 hs previas al viaje), se les efectuará un control clínico. En caso de no contar con el PCR o Test Vigente, se derivará al o los ocupantes, al nodo de testeo más cercano o a la terminal de ómnibus de San Miguel de Tucumán para su realización, debiendo dar el correspondiente aviso al personal destacado en terminal de ómnibus.

-En caso de que el control clínico detectare un caso sospechoso, se derivará al o los ocupantes, al nodo de testeo más cercano o a terminal de ómnibus de San Miguel de Tucumán, y se procederá al aislamiento hasta contar con el resultado del testeo. En caso de que el resultado del PCR sea positivo, el paciente deberá cumplir el aislamiento por 14 días a partir del diagnóstico, el alta médica se dará el día 14 con nuevo PCR negativo. Los costos de alojamiento y estadía correrán por cuenta y orden del paciente.

Transporte de pasajeros

-Los pasajeros argentinos nativos y extranjeros residentes en el país, serán sometidos a control en la Terminal de ómnibus de San Miguel de Tucumán, en donde deberán presentar todos los documentos pertinentes con los datos o bien el Formulario del Pasajero completo disponible en los portales del COE (https://coe.tucuman.gov.ar/) y del Ministerio de Salud Pública de la Provincia (https://msptucuman.gov.ar/).

-Al arribo, se deberá realizar un control clínico, un testeo de PCR e indicar aislamiento social y obligatorio por 10 días. Luego, se citará al paciente para ser testeado nuevamente a los 10 días antes de recibir el alta.

-En caso de que el resultado del PCR sea positivo, el paciente deberá cumplir el aislamiento por 14 días a partir del diagnóstico. El alta médica se dará el día 14 con nuevo PCR negativo.

-Los contactos estrechos del viajero con PCR positivo y/o los convivientes deberán realizar aislamiento obligatorio a partir del último contacto. En estos casos, el testeo de control deberá realizarse al doceavo día desde que se hubiera producido el contacto.

Ingreso por vía Aérea

-Los pasajeros argentinos nativos y extranjeros residentes en el país, provenientes del extranjero, extranjeros autorizados expresamente por las Dirección Nacional de Migraciones para desarrollar una actividad laboral o comercial; o para su reunificación familiar con argentinos residentes, serán controlados en el Aeropuerto Internacional Benjamín Matienzo.

-Al arribo, se deberá realizar un control clínico, un testeo de PCR e indicar aislamiento social y obligatorio por 10 días. Se citará al paciente para ser testeado nuevamente a los 10 días, para luego ser dado de alta.

-En caso de que el resultado del PCR sea positivo, el paciente deberá cumplir el aislamiento por 14 días a partir del diagnóstico. El alta médica se dará el día 14 con nuevo PCR negativo.

-Los contactos estrechos del viajero con PCR positivo y/o los convivientes deberán realizar aislamiento obligatorio a partir del último contacto. En estos casos, el testeo de control deberá realizarse al doceavo día desde que se hubiera producido el contacto.

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