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El decreto de Milei sobre Vialidad Nacional "es inconstitucional"

El abogado Eduardo Barcesat, explicó en LV12 cómo sigue la situación tras la medida cautelar que frenó el cierre de Vialidad Nacional.

La jueza Martina Forns, a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, suspendió por seis meses cualquier acto administrativo relacionado con la disolución de Vialidad Nacional, ordenada por el presidente Javier Milei mediante el decreto 461/2025 del 8 de julio pasado.

A pedido del Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA), la magistrada hizo lugar a una medida cautelar presentada por uno de los seis gremios que representan a los más de cinco mil trabajadores de la entidad.

El cierre de Vialidad Nacional

El presidente Javier Milei dispuso la eliminación de la Dirección Nacional de Vialidad, una medida que se oficializó en el Boletín Oficial a través del Decreto 461/2025. Así lo informó el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien fue el encargado de comunicar la decisión y aseguró: “La corrupción en la obra pública tiene su acta de defunción firmada”.

Embed - Dr Eduardo Barcesat

¿Qué significa la resolución que frena el cierre de Vialidad?

En cuanto a la medida de "no innovar", el Dr. Eduardo Barcesat, abogado constitucionalista, explicó en LV12 que "no puede disolver las fuentes de trabajo en las diversas sedes de Vialidad Nacional en el territorio argentino y no se puede hacer traslado de personal ni despido, hasta tanto no se pronuncie el tribunal sobre la legalidad y razonabilidad del decreto 461/2025, dictado sobre la finalización de los decretos delegados de la Ley Bases que no incluían la disolución de Vialidad, entre otros organismos".

Entonces, "la jueza en su momento tendrá que valorar si fue útil y razonable este decreto o si, como se sostiene, es absolutamente lesivo de derechos establecidos en la Constitución, los tratados internacionales y las convenciones sobre las condiciones de trabajo".

Para el Dr. Barcesat, "el decreto no va a superar el control de legalidad porque estando en funcionamiento el Congreso de la Nación y no habiendo nada que sostener que pudiera considerarse emergencia pública como un terremoto o tsunami, donde ahí si podría haber habido un decreto que por supuesto no sería la afectación múltiple que invoca este decreto, que no solo afecta a Vialidad, sino también al INTI, al INTA y organismos creados para dar certeza y seguridad en las relaciones de consumo".

Por último, dijo que este decreto es "inconsulto e inconstitucional".

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