Desde las PASO, los depósitos en dólares se derrumbaron, desde USD 32.500 millones a menos de USD 18.000 millones, casi un 45%. Pero la búsqueda de seguridad ante un horizonte incierto en medio de la turbulencia electoral puede costar cara. Si esas divisas no vuelven al sistema financiero, deberían tributar hasta 1,25%, que es la nueva alícuota máxima que se estableció para Bienes Personales y que ya rige para el período fiscal 2019, que se paga el año próximo.
Una de las preguntas reiteradas en los últimos días es qué tratamiento fiscal le da la AFIP a esos dólares que ya quedaron fuera del sistema. La respuesta, sin embargo, no es totalmente lineal. Una opción es, por ejemplo, manifestar al fisco que esos dólares fueron consumidos, por ejemplo en viajes al exterior o en sostener el nivel de vida.
Claro que para eso tiene que existir un comprobante de los viajes efectivamente efectuados y de un nivel de gastos acorde. De lo contrario, es posible que la AFIP objete esa reducción patrimonial, obligue a pagar el impuesto y además cobre millonarias multas. También podría requerir un comprobante de los dólares cambiados en el mercado oficial para hacer frente a gastos en pesos.
"Los dólares que están declarados en caja de seguridad o en el colchón, o sea fuera del sistema financiero, tributan hasta 1,25% por Bienes Personales. Si están en una cuenta bancaria pagan 0%. Y si se mantienen en el exterior se gravaría hasta el 2,5% anual".
Si no hay posibilidad de demostrar que esos dólares se gastaron en viajes o en solventar la vida cotidiana, entonces habrá que declararlos como “efectivo”, por lo que tributarían una alícuota que va de 0,5% a 1,25%, según la escala que corresponda en la nueva tabla de Bienes Personales. Por supuesto no es relevante, ni hay que aclarar, si los billetes están guardados en una caja de seguridad o en algún otro lado.

