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Colegios privados: "La determinación de los aranceles está regulada por la normativa provincial"

Roberto Fabián Day, director de Educación de Gestión Privada del Ministerio de Educación de Tucumán, aclaró en LV12 los alcances del decreto del Gobierno.

Este martes el Gobierno nacional derogó el decreto 2.417 de 1993, que establecía regulaciones para los colegios privados, como por ejemplo la obligación de tener autorización para aplicar aumentos o el deber de informar antes del 31 de octubre de cada año el importe de la matrícula, las cuotas totales que abonar durante el ciclo lectivo y el monto de cada una de ellas.

La decisión fue publicada en el Boletín Oficial, en el decreto 787/25. Luego se aclaró que la iniciativa alcanza sólo a las escuelas privadas sin aportes estatales, que representan cerca del 6% del total de establecimientos educativos de la Argentina. Son unos 2 mil establecimientos en todo el país.

El director de Educación de Gestión Privada del Ministerio de Educación de Tucumán, Roberto Fabián Day, habló con LV12 sobre si esta decisión tendrá impacto en Tucumán. "El decreto 787 claramente deroga el decreto 2.417 del año 1.993. Ese decreto lo que establecía, hacía una diferenciación entre colegios que recibían aporte estatal y otros que no. Lo que obligaba esa normativa a los colegios es a ambos a informar antes del 31 de octubre ciertos datos a los padres ante la secretaría de Comercio. Entre lo que tenían que informar eran el importe de la matrícula, la cantidad de cuotas, el monto de las cuotas y la forma de pago. Uno de los argumentos por los cuales se derogó este decreto es que vos tenías un año antes inflar los valores de una cuota al año siguiente que no se podía modificar porque había ciertas sanciones. Obligaba a determinar ciertos aranceles respecto al próximo año donde hoy en día la situación económica y la inflación hacen que no sean representativos o se cobre en exceso o queden muy por debajo, entonces no te quedaba modificar", comenzó diciendo.

Explicó que luego con la transferencia de los servicios educativos de Nación a provincia, "nosotros tenemos normativa propia en la jurisdicción donde tenemos la manera de determinar. Este decreto no tiene tanta incidencia en el sentido que los colegios que reciben aporte estatal, la determinación de los aranceles está regulada por la normativa provincial".

Detalló que hay una disposición de la Dirección de Gestión Privada del año 2023 que establece un monto máximo en función de ciertas variables que cada colegio tiene que tener en cuenta para determinar ese tope máximo de cuotas.

Nueva forma de determinación de aranceles

Day comentó que están trabajando, junto con las cámaras que representan a los colegios privados, en una nueva forma de determinación de los aranceles. "Queremos lograr unificar la base de cálculo, unificar también el aumento del arancel de un mes a otro, y brindando mayor transparencia en su determinación y previsibilidad a los padres y a los colegios mismos", sostuvo.

Explicó que se parte de un análisis de costos y a partir de allí cada establecimiento en función del aporte efectivo que reciba del Estado podrá encuadrarse dentro de esa escala o banda. "Creemos que a fines de año podemos tenerlo en práctica para el año 2026", concluyó.

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