En consecuencia, queda prohibido hacer fuego al aire libre en un contexto de riesgo extremo de incendios forestales, ante la inminente llegada de la época estival, y además, se impondrán multas severas a quienes incumplan esta disposición. También se obliga a los concesionarios de balnearios, campings, complejos turísticos, establecimientos rurales y predios recreativos a extremar las medidas de prevención y vigilancia.
Asimismo, se ordena iniciar de inmediato acciones penales y patrimoniales contra quienes provoquen incendios, ya sea por negligencia o intencionalidad. El texto enfatiza que la mayoría de los incendios tienen origen humano y que esas acciones provocan graves daños ambientales, económicos y sociales.
La declaración de la emergencia, a través del decreto 1104/25, activa mecanismos administrativos y financieros especiales que permiten al Estado provincial responder con mayor rapidez, reforzar la prevención y sostener los operativos durante los meses de mayor peligro.
De hecho, la combinación de factores climáticos extremos, como altas temperaturas, fuertes vientos, escasas precipitaciones y vegetación seca, sumada a una mayor presencia de personas en zonas sensibles durante la primavera y el verano, configuran un escenario crítico.
A estos riesgos, se agregan los antecedentes recientes: incendios que afectaron vidas humanas, infraestructura, actividades productivas y áreas naturales en Río Negro y provincias vecinas.
FUENTE: NA