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Procesan a Ariel García Furfaro en la causa del fentanilo contaminado

El juez federal Ernesto Krepak procesó a 15 sospechosos de haber tenido algún grado de participación en la fabricación y distribución del fentanilo contaminado.

El juez federal de La Plata, Ernesto Krepak procesó a 15 sospechosos de haber tenido algún grado de participación en la fabricación y distribución del fentanilo contaminado. Otros dos continúan bajo investigación.

Los acusados son ejecutivos de los laboratorios HLB Pharma Group SA y Ramallo SA, vinculados a la muerte de “124 pacientes fallecidos con posible asociación al brote por administración de fentanilo contaminado”.

A la cabeza de los procesamientos está el propietario de las empresas Ariel García Furfaro a quien le dictaron un embargo de un billón de pesos.

Según la resolución judicial, se les imputa los presuntos delitos de adulteración de sustancias medicinales en concurso real con adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud de las personas.

La resolución de 401 fojas valoró la participación de cada uno de los integrantes de los distintos eslabones de producción y control del medicamento adulterado. La lista completa es la siguiente:

Ariel Fernando García. “Propietario e integrante de la dirección del conglomerado empresarial, con rol decisorio. Delito: Coautor del delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas, en concurso real con el delito de adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud.

Damián Roberto García. Cargo: “Ex director titularde HLB Pharma Group SA y socio de la Droguería Alfarma SRL a través de la que se vendió parte del lote 31202 contaminado con dos bacterias. Delito: Procesado por adulteración de sustancias medicinales, con resultado de muerte

Diego Hernán García. Hermano de los anteriores. era integrante de la dirección del laboratorio. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte.

Nilda Furfaro. Madre de Ariel, Diego y Damián. Tuvo participación en la dirección y rol gerencial. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte.

Javier Martín Tchukrán. En la causa figura como Director de Manufactura de HLB Pharma Group SA. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte.

José Antonio Maiorano. Director Técnico responsable de la producción y liberación de lotes contaminados. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte.

Carolina Ansaldi. Directora Técnica de Laboratorios Ramallo SA. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte.

Víctor Pablo Boccaccio. Director realizaba “funciones de control de gestión”. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte

María Victoria García. Gerenta de Gestión de Calidad. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte.

Wilson Daniel Pons. Jefe de Control de Calidad. Delito: Adulteración de sustancias medicinales, resultado de muerte.

Adriana Iúdica: Cumplía la función de subjefa de Control de Calidad en Laboratorios Ramallo SA. Es ingeniera química y tenía a su cargo el control microbiológico de la producción de medicamentos, incluida la producción de los lotes de fentanilo contaminados. Firmó los protocolos de análisis microbiológico y endotoxinas bacterianas de los lotes cuestionados.La imputación por la que fue procesada es la siguiente: Comisión del delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas, en calidad de coautora, en concurso real con el delito de adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud, también en calidad de coautora“.

Dayana Arzolidys Astudillo Bolívar. Cumplía la función de supervisora de Control de Calidad en Laboratorios Ramallo SA. Estaba a cargo de la supervisión directa de los procesos de control de calidad de los medicamentos, incluyendo los lotes de fentanilo involucrados en la causa. Firmaba documentos vinculados a los ensayos de control y participaba en la confección y registros de los análisis pertinentes a la liberación de los productos. Fue procesada por los mismos delitos que Iudica.

Rocío del Cielo Garay. Se desempeñaba como supervisora de Control de Calidad en Laboratorios Ramallo SA. Tenía a su cargo la supervisión de los procedimientos y controles de calidad aplicados a la producción de medicamentos, incluyendo la gestión y validación de los registros de control correspondientes a los lotes de fentanilo involucrados en la causa. Se la procesó por el delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas, en calidad de coautora, en concurso real con adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud, también en calidad de coautora.

Edgardo Gerardo Antonio Sclafani. Cumplía funciones en el área de Control de Calidad de Laboratorios Ramallo SA, específicamente como responsable de la instrumentación y registro de los controles documentales sobre ensayos y análisis de los productos elaborados, incluida la documentación relativa a los lotes de fentanilo comprometidos. Estaba encargado de la confección y validación de registros y hojas de control vinculados a la producción y liberación de los medicamentos. Fue procesado por los mismos delitos que los anteriores.

Eduardo Darchuk. Cumplía la función de encargado del registro documental en Laboratorios Ramallo SA. Estaba a cargo de la gestión, generación, firma y archivo de los registros y documentos correspondientes a los procesos de control de calidad, incluyendo los ensayos y validaciones de los lotes de fentanilo involucrados en la causa. Fue procesado por el delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas, en calidad de coautor, en concurso real con adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud, también en calidad de coautor.

El magistrado decidió no procesar a esta altura de la investigación a Horacio Antonio Tallarico. Figuraba como Presidente y accionista mayoritario formal de Laboratorios Ramallo SA. Pero el juez consideró que actuaba principalmente como “prestanombre” de la familia García. Si bien figuraba como presidente y tenía poderes formales, la valoración probatoria lo ubicaba como responsable de trámites y gestiones administrativas, sin incidencia directa en las decisiones técnicas, productivas ni de control de calidad. La resolución aclara que: “Sin embargo, tampoco existe de momento la certeza de su ajenidad con respecto a los hechos investigados, máxime si se tiene en cuenta su carácter de accionista e incluso de apoderado de las claves fiscales, al igual que la gran cantidad de medidas de prueba en curso, cuya finalización se advierte necesaria. Estos aspectos exigen proseguir la investigación sobre el imputado, lo que conduce a adoptar un temperamento expectante sobre su situación procesal y decretar, de momento, su falta de mérito en orden a los hechos investigados”.

Una situación similar atraviesa en el expediente Rodolfo Antonio Labrusciano. Trabajador vinculado a la gestión administrativa y de compras en Laboratorios Ramallo SA. Kreplak entendió que las tareas cumplidas por Labrusciano eran de administración general y logística, sin evidencias de intervención activa en la producción, el control de calidad, la adulteración ni la documentación bajo investigación.

De todos modos se aclaró que: “Aun cuando Labrusciano desarrollaba tareas de administración y tenía alguna injerencia en compras, no se ha acreditado su participación directa en la adulteración, ni en los controles ni en la documentación apócrifa.

FUENTE: Infobae

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