Sin embargo, en el mapa de gestión actual de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, estas dependencias comenzaron a asumir un rol estratégico: convertirse en Centros de Atención Primaria de Justicia, algo que la ciudadanía venía reclamando desde hace años para evitar largos viajes y esperas, sobre todo para quienes no tienen cerca un centro judicial.
Cambio de paradigma
La meta de fondo de este plan que lleva adelante el Alto Tribunal no es solo edilicia, sino de fondo institucional: evitar que un vecino del interior deba recorrer decenas de kilómetros hasta la Capital o los centros urbanos para resolver litigios cotidianos o gestionar trámites urgentes. El cambio de paradigma responde a una necesidad territorial concreta. En localidades donde la distancia con los tribunales principales opera como una barrera para la tutela judicial efectiva, la presencia de una dependencia apta e interconectada descomprime los fueros centrales y aporta respuestas inmediatas.
Bajo este diagnóstico, la Corte provincial estructuró un plan de intervención que combina la regularización dominial y funcional con la incorporación progresiva de competencias operativas. El sostén material de esta transformación es un ambicioso plan de obras que ya registra 55 intervenciones en distintos puntos de la provincia.
La estrategia incluye un saldo de 20 obras nuevas finalizadas en localidades como La Ramada, Gobernador Garmendia, Lules, Amaicha del Valle, El Mollar, Alpachiri, Los Sarmientos, Juan Bautista Alberdi, La Cocha, Bella Vista, Delfín Gallo, Tacanas, Los Puestos, Atahona, Taco Ralo, Tafí Viejo, Cebil Redondo, Acheral, Villa Quinteros y Río Seco. Estos nuevos edificios fueron proyectados para albergar los requerimientos del expediente digital y brindar espacios dignos de atención.
A la par de las nuevas construcciones, la Corte concluyó 28 obras de refacción y puesta en valor en dependencias ya existentes. En esa lista figuran sedes como Gobernador Piedrabuena, El Chañar, El Timbó, Villa Benjamín Aráoz, Villa Padre Monti, Aguilares, Villa Hileret, El Sacrificio, Rumi Punco, Colombres, Los Ralos, Orán, Quilmes, Santa Rosa de Leales, Río Colorado, Villa de Leales, Simoca, Los Gómez, Santa Cruz, Medinas, Monteagudo, Graneros, La Madrid, Árboles Grandes, Trancas y San Pedro de Colalao. Mención aparte merecen los casos de Ranchillos y Las Cejas, cuyos juzgados comenzaron bajo la categoría de refacción y terminaron reformulados íntegramente como edificios nuevos, los cuales se encuentran en su fase final de ejecución.
El salto más sustancial se dará a partir del 1 de noviembre de 2026, fecha fijada por la Corte Suprema mediante la Acordada Nº 734/26 para la entrada en vigencia de la Ley Nº 9987. Esta normativa otorga a los Juzgados de Paz Letrados la facultad de tramitar procesos de divorcio y resolver sobre el régimen comunicacional provisorio de niños, niñas y adolescentes. Esta asignación de competencias requirió un esquema previo de capacitación obligatoria para funcionarios y empleados, la adaptación del sistema informático SAE y la confección de formularios estandarizados. También podrán plantearse cuestiones vinculadas con el régimen comunicacional provisorio, es decir, aquellas situaciones que requieran una respuesta inicial respecto del contacto y la comunicación de niñas, niños o adolescentes con sus progenitores u otros referentes familiares. Aunque las disputas patrimoniales complejas o los regímenes de fondo continuarán bajo la órbita de los Juzgados de Familia especializados, la intervención primaria en el territorio permitirá ordenar las urgencias vinculares e iniciar las demandas de divorcio en el propio municipio.
Con este esquema, se busca que los juzgados de paz dejen busca dejar de ser un simple mostrador administrativo para convertirse como un engranaje clave en la descentralización del servicio de justicia tucumano.