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Catamarca: De qué trata la ley de Licencia Parental

La diputada Adriana Díaz, autora de la iniciativa, explicó los alcances de la licencia parental para empleados públicos, que ya es ley en Catamarca.

La Cámara de Senadores de Catamarca dio sanción definitiva al proyecto de Ley de la diputada Adriana Díaz que establece un “Régimen de licencia parental para agentes de la administración provincial”.

Con el número 5696 la nueva ley sancionada por el Senado de Catamarca equipara los derechos y obligaciones en cuanto al cuidado de los hijos, otorgando la misma cantidad de días de licencia posnatal o por adopción a ambos cuidadores parentales.

"Esta es una iniciativa que ya hemos presentado en mayo de 2020, prácticamente al comienzo de la pandemia cuando no teníamos real dimensión de lo que iba a significar, así que pensábamos que podíamos seguir trabajando en la ampliación de derechos y desde ese lugar la iniciativa fue tomando cuerpo y la ingresamos. Finalmente, el Senado de la provincia le dio sanción definitiva en los últimos días", confirmó la diputada Adriana Díaz, quien explicó los alcances de la iniciativa que crea más derechos para los empleados públicos de Catamarca.

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"Es un régimen de licencia diferente al que se venía aplicando y hablamos de licencia parental, no de licencia por Maternidad o por Paternidad como en otros casos se ha ido incorporando", señaló la parlamentaria.

Y remarcó que "el objeto o la intención última de crear ese régimen de licencia para los agentes de la administración provincial es que se equipare a las licencias destinadas a los cuidados parentales de las personas que son padres o madres por medio de la procreación natural, por técnicas de reproducción asistida o por adopción, dentro del seno de una familia ya sea monoparental o de la que se derive de una unión matrimonial, unión de hecho o unión convivencial, constituído esto por dos personas de un mismo sexo o de distinto sexo".

Para la diputada no deben existir diferencias en el tratamiento legal cuando hablamos de adopción o de familiar responsable de los cuidados parentales, ya que es una de las tantas maneras en las que una persona puede convertirse en madre o padre.

"La iniciativa contempla todas las realidades de nuestra sociedad donde tenemos constituidas familias bajo vínculos afectivos de distinta naturaleza".

Asimismo, sostuvo que "no es suficiente ampliar los días de licencia posteriores a la adopción o el nacimiento de un hijo o hija. Es necesario que los que ejercen los cuidados parentales dispongan del tiempo necesario para la dedicación en lo que son los primeros vínculos que son fundamentales para nuestras infancias. Son primeras etapas en las que tanto padres, madres o quien lo tenga a su cuidado pueda dedicarle porque no solo se desarrolla como sujeto individual, sino también por los vínculos con los demás, entonces en nuestra legislación estamos contemplando una serie de situaciones que no eran tenidas en cuenta para esa licencia", enfatizó.

Para finalizar, consideró que "esto requiere un tratamiento integral, o sea una mirada, una perspectiva integral y tenemos que adoptar una mirada de deconstrucción de patrones socioculturales estereotipados que están muy instalados y muy arraigados en nuestras comunidades".

La ley aún debe ser promulgada por el Poder Ejecutivo, luego reglamentada para entrar en vigencia. Tiene 90 días de acuerdo a la sanción de la ley. "Tenemos mucha expectativa para realizar una reglamentación acorde al espíritu de la ley y que contemple las situaciones parentales para que en definitiva todo agente público pueda llevar adelante su paternidad, su maternidad desde el rol que le toca y compartiendo tareas de cuidado", concluyó.

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