El Ministerio Público Fiscal (MPF), además de controlar la circulación vehicular y de ciudadanos en la vía pública, ahora saldrá también a bregar por el cumplimiento del artículo 6 del DNU 297/20, que contempla cuales son los únicos comercios y actividades autorizadas durante la cuarentena por coronavirus.
El Ministerio Público Fiscal realizará operativos para verificar que no se produzcan violaciones, caso contrario los infractores se harán pasibles a procesos penales.
Estas son las actividades exceptuadas en el marco de la cuarentena por coronavirus:
• Se permite la actividad bancaria con turnos previos.
• Se autorizan salidas breves de personas con discapacidad o con trastorno del espectro autista (TEA) "en la cercanía a su domicilio".
• Habilitación del trabajo a domicilio de los acompañantes terapéuticos de las personas con discapacidad.
• Habilitación de los talleres mecánicos, para la atención de vehículos del transporte público, los móviles afectados a las fuerzas de seguridad, el sistema sanitario y las personas autorizadas a circular.
• Venta de repuestos, partes y piezas para automotores sin atención al público.
• Fabricación y venta de neumáticos para los vehículos del transporte público, de los móviles afectados a las fuerzas de seguridad y de los vehículos del sistema sanitario.
• Venta a domicilio de artículos de librería e insumos informáticos.

