De acuerdo con la acusación presentada por el Ministerio Fiscal, Gómez Gallo habría utilizado, sin autorización, las credenciales de acceso al home banking de su ex suegro, aprovechando que conocía su usuario y contraseña porque anteriormente lo había asistido en la creación y utilización del canal bancario. Según la teoría del caso, desde la cuenta sueldo de la víctima gestionó distintos créditos y posteriormente transfirió los fondos obtenidos hacia cuentas vinculadas a ella y a Montenegro.
Cómo hacían los créditos y transferencias desde la cuenta de la víctima
La maniobra se habría desarrollado entre el 19 de noviembre de 2024 y el 25 de septiembre de 2025. El primer hecho atribuido ocurrió el 19 de noviembre de 2024, cuando Gómez Gallo habría gestionado un crédito por $650.000 desde la cuenta de la víctima y transferido ese importe a una cuenta vinculada a su persona. Posteriormente, el 3 de febrero de 2025, habría realizado tres transferencias por $300.000, $50.000 y $40.000, también hacia una cuenta vinculada a ella. El 21 de abril de 2025 gestionó un nuevo crédito por $1.200.000. Una vez acreditado el dinero, realizó dos transferencias, por $500.000 y $700.000, hacia una cuenta vinculada a Montenegro.
La investigación sostiene que la maniobra continuó durante los meses siguientes. El 12 de junio de 2025, Gómez Gallo habría transferido $326.600 hacia una cuenta vinculada a su persona. Luego, el 24 de julio, gestionó otro crédito por $1.510.000 y transfirió $1.500.000 a una cuenta de su titularidad. Asimismo, el 8 de agosto habría efectuado una transferencia de $290.000 y, finalmente, el 25 de septiembre de 2025 gestionó un nuevo crédito por $300.000, transfiriendo ese mismo día la totalidad del importe hacia una cuenta de su propiedad.
La Fiscalía estimó que el perjuicio patrimonial ocasionado a la víctima ascendió a $4.656.600.
La calificación legal atribuida a Gómez Gallo es la de defraudación mediante manipulación informática, en calidad de autora. En cuanto a Montenegro, la Fiscalía le atribuyó haber recibido $1.200.000 con conocimiento de su origen ilícito, dinero que habría sido obtenido previamente mediante la maniobra de defraudación investigada. Por este hecho fue acusada por el delito de encubrimiento por receptación dolosa.
Medidas de coerción
Luego de formular los cargos, Rodríguez del Busto solicitó que, a los fines de resguardar la investigación, se impongan a ambas acusadas medidas cautelares de menor intensidad por el término de cuatro meses. La jueza interviniente analizó el planteo realizado por el MPF y resolvió hacer lugar a la totalidad de las medidas solicitadas, por lo que las acusadas deberán cumplir las reglas de conducta establecidas durante el plazo fijado.