Un fallo de la Justicia Federal exhortó al Ministerio de Salud de la Nación a que no demore la autorización para el REPROCANN a una usuaria de 22 años que sufre “nerviosismo constante”. Es uno de los cientos de amparos que salieron contra el Gobierno por la falta de aprobaciones a pacientes que necesitan la planta. Hay más de 300 mil habilitados y más de 100 mil en lista de espera.
En este marco LV12 Radio Independencia se contactó con Juan Palomino, abogado cannábico, para conocer más detalles del fallo.
"Hoy hay más de 200 mil pacientes que están esperando el alta en este registro, en algunos casos con demoras de un año y dos meses, por este mismo motivo desde nuestro estudio jurídico hemos presentado 1.500 amparos muchos con resultado positivo a través del otorgamiento de una medida cautelar y en otros no ha sido positivo el resultado, pero en este lo que resulta novedoso es la claridad de la disposición del juez frente a la situación insostenible en la que se encuentra el Ministerio de Salud", comentó el entrevistado.
Y continuó: "Hoy nos encontramos con la Justicia haciendo justicia, ordenando al Ministerio de Salud que tienen que dar de alta, acá hay un paciente esperando y no hay excusa para no dar de alta. A pesar de la bajada de línea o de la voluntad que tengan, si la Justicia ordena que lo tienen que dar de alta y es sentencia quedó firme, en estos días tiene que ser dado de alta y de hecho es así".
Respecto al fallo dijo lo siguiente: "Nosotros presentamos el amparo y una vez presentado esto, el Ministerio de Salud responde que el paciente debía realizar otra consulta médica con un profesional a su criterio más calificado cumpliendo con los requisitos de la última resolución ministerial del mes de agosto que solicita al profesional de salud que cuente con una diplomatura o una maestría en la materia".
"En este fallo lo que le responden es que la vía de amparo es la correcta porque se encuentra menoscabado el ejercicio de un derecho a la Salud, pero que a su vez es de público conocimiento que la ley o la normativa no se puede aplicar de manera retroactiva. Entonces, no le pueden solicitar para la aprobación un requisito que al momento de la adscripción no existía porque ya hay una relación jurídica preexistente", añadió.
En esta misma línea destacó los conflictos que plantea esta nueva resolución ministerial: "De hecho por más que hay profesionales que cuentan con diplomatura siguen sin poder incluso cargar bien los trámites. A un grupo de profesionales de la salud que cuenta con un posgrado en endocannabinología e incluso uno de los profesionales es profesor de posgrado, dio clases afuera les respondieron los nuevos empleados del ministerio que posgrado no se puede porque la resolución dice diplomatura o maestría".
"Lo cual es una interpretación taxativa de una resolución mal escrita que lo único que hace es dejar en ascuas a los pacientes a los cuales estos profesionales les han indicado un tratamiento con cannabis", agregó.

