La víctima, quien prestó conformidad para esta resolución de la causa, es un adolescente de 16 años.
De acuerdo con la teoría del caso sostenida por la Fiscalía, el hecho ocurrió el 9 de febrero de 2026, alrededor de las 12:27 horas. En esa oportunidad, el menor solicitó desde un local de seguros ubicado en calle 9 de Julio al 600 (barrio Sur de la capital) un servicio de Uber Moto, el cual fue aceptado por una cuenta identificada como Eduardo Nicolás Villagra, quien se movilizaba en una motocicleta marca Motomel Blitz 110cc. Minutos más tarde, al llegar al domicilio del adolescente, en pasaje José Martí al 500, y en momentos en que la víctima se disponía a abonar el viaje, el conductor extrajo un arma de fuego, lo apuntó y lo amenazó de muerte para que le entregara su teléfono celular. Ante esta situación, el joven le dio su dispositivo marca Motorola, tras lo cual el acusado se dio a la fuga.
En virtud del acuerdo alcanzado entre las partes, Villagra fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, tras ser declarado autor material y penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse. Asimismo, deberá cumplir reglas de conducta y entregar a la víctima un teléfono celular nuevo —con su respectivo cargador— de características equivalentes al sustraído, en concepto de reparación integral del daño.
Finalmente, la jueza interviniente declaró admisible y aprobó el convenio pleno de juicio abreviado presentado por las partes.
FUENTE: MPF