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Beneficio para cañeros: "La ley otorga hasta un 20% de descuentos"

Jorge Etchandy, gerente del IPAAT, en comunicación con LV12, dio detalles de la ley que otorga un descuento del 20% en concepto de Tasa Retributiva a cañeros.

La reglamentación de la Ley 9.628, que otorga una bonificación del 20 por ciento en concepto de Tasa Retributiva de Servicios a productores cañeros, ingenios azucareros y destilerías, fue aprobada la semana pasada, mediante la Resolución 13/2023, que lleva la firma del ministro de Desarrollo Productivo y presidente del IPAAT, Álvaro Simón Padrós, en representación del Instituto.

Para acceder al descuento, que se liquidará una vez por mes, los potenciales beneficiarios deberán ingresar el formulario de solicitud por Mesa de Entrada del IPAAT y cumplir con los requisitos consignados en el documento de la resolución.

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Beneficio para cañeros:

Beneficio para cañeros: "La ley otorga de hasta un 20% de descuentos".

Jorge Etchandy, gerente del IPAAT, en comunicación con LV12 Radio Independencia contó: "El año pasado, a fin de año se dictó una ley que de alguna manera otorga unos descuentos a todos los actores de la actividad sucroalcoholera que tienen relación con el Instituto. Hace pocos días, el directorio del IPPAT reglamentó esa ley donde establece las pautas y los porcentajes de los beneficios establecidos en la ley que se dictó en diciembre".

"Básicamente el IPPAT cobra una tasa retributiva que la pagan los cañeros y los industriales de manera proporcional. La ley otorga hasta un 20% de descuentos para quienes cumplan con una serie de requisitos que es básicamente estar al día con el pago de la tasa retributiva de servicio del IPPAT y con las presentaciones formales administrativas realizadas", agregó.

Además, aclaró que esto es para quienes aportan con la tasa retributiva del IPPAT. Es para todos, tanto para los pequeños, como para los medianos y grandes cañeros. Con este beneficio, el ingenio de forma directa tiene que aplicarle un 20% de descuento sobre la retención. Después, según la calidad que tenga el ingenio, es decir la calidad impositiva o calidad de aportante al IPPAT, el beneficio es del 20%.

Jorge Etchandy

"En resumen, el cañero tiene un beneficio del 20% directo sobre la tasa que retiene el ingenio que paga el IPPAT y después el cañero y el ingenio, también dependiendo de si está el día o no goza de ese 20%. Para los cañeros es un 20% directo y para los industriales, si cumple con las formalidades también se le aplica el 20%", explicó.

"Claramente el marco de la ley estaba previsto y lo que quiere es otorgarles beneficios a todos los actores del sector. Nosotros no hacemos una diferenciación entre cañeros o industriales. Simplemente que nosotros damos por cumplido o por sentado que como el cañero lleva la materia prima al ingenio, y el ingenio es su agente de retención, él ya está cumplido. Después lo que queda por delante, son las cuestiones formales que debe cumplir el ingenio que no son muchas, para poder estar al día. Este beneficio ya está disponible, ya está vigente y publicada en el boletín oficial", finalizó.

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