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Se extendió la conciliación obligatoria con controladores aéreos

La medida impide la aplicación de huelgas durante la vigencia del plazo, mientras continúa el proceso de diálogo entre las partes involucradas

La Secretaría de Trabajo resolvió ampliar la conciliación obligatoria por cinco días hábiles en el conflicto gremial que involucra a la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) y la Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (ATEPSA). Esta decisión, que rige hasta el 26 de enero a las 8, mantiene suspendidas todas las medidas de fuerza que el sindicato podría impulsar. Las normas administrativa permiten al Gobierno una extensión más de la conciliación obligatoria, lo que permitiría postergar los efectos del diferendo sobre los pasajeros otra semana más allá de la que se extendió hoy, de ser necesario.

El organismo laboral convocó a una nueva audiencia entre las partes para el viernes 23 a las 11, luego de analizar el estado de la negociación y el impacto potencial que tendría una interrupción de los servicios de navegación aérea. De esta manera, los vuelos y el funcionamiento de la red aeroportuaria permanecerán sin alteraciones hasta la fecha señalada.

La EANA presta servicios esenciales de navegación aérea y, según la normativa vigente, el sindicato no puede declarar paros de manera sorpresiva ni inmediata. La regulación exige que cualquier medida de fuerza sea comunicada con una anticipación mínima de cinco días y que no afecte a más del 45% de las operaciones totales, justamente para garantizar la continuidad de actividades consideradas esenciales para el país.

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Durante el período de conciliación obligatoria, ATEPSA no tiene permitido llevar adelante ninguna acción sindical que impacte en las operaciones aéreas. Esta restricción busca evitar que los usuarios, trabajadores y el sistema en su conjunto enfrenten perjuicios derivados de una eventual paralización.

El proceso de conciliación se activó en el marco de una disputa laboral en la que el sindicato reclama mejoras y la empresa solicita tiempo para continuar el diálogo. Al declarar la prórroga, la Secretaría de Trabajo ratificó la vigencia de las condiciones que impiden cualquier tipo de paro, suspensión de tareas o reducción de servicios.

La extensión de la conciliación obligatoria responde a la necesidad de sostener el diálogo abierto entre la empresa y los trabajadores, y de proteger a los pasajeros y al sistema aeronáutico de posibles afectaciones durante la temporada de alta demanda. La normativa vigente determina que la prestación de los servicios de navegación aérea tiene carácter esencial, lo que impone límites estrictos a las medidas de fuerza y establece mecanismos para prevenir conflictos que puedan derivar en la suspensión masiva de vuelos.

FUENTE: Infobae

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