"Se informa que en virtud del objetivo de racionalización de los recursos del Estado establecido en el Decreto N° 8/2023, y a fin de contar con una ordenada gestión funcional de la distribución de actividades del personal de su dependencia, a partir del día de la fecha, queda suspendida la asignación de horas extraordinarias, debiendo programarse las tareas operativas en la jornada legal normal de trabajo de cada agente", se informó a todos los ministerios a través de un comunicado firmado por el secretario de Transformación del Estado y Función Pública, Armando Daniel Guibert.
El texto indica que, de manera excepcional, para los caso en los que se encuentre acreditada la imposibilidad de dar respuesta a impostergables necesidades operativas que comprometan manifiestamente el servicio público, "se podrá solicitar fundadamente la asignación de servicios extraordinarios". Para ello, se deberá planificar las funciones del organismo y el personal necesario para cumplirlas.
En este caso, se detalla que las autoridades -con rango no inferior a Director Nacional; General o equivalente- deberán solicitar la asignación de los servicios extraordinarios, previo informe circunstanciado sobre "las causales que impiden dar cumplimiento a los requerimientos de servicios, fundado en un análisis de dotaciones y modalidades operativas".
"La citada solicitud deberá elevarse a la máxima autoridad administrativa con competencia en la administración del presupuesto de cada jurisdicción o entidad, quien la aprobará o denegará. Esta ultima comunicará tal decisión al área responsable de los recursos humanos y a la autoridad requirente. A su vez, cada autoridad administrativa deberá informar mensualmente a esta Secretaría, con copia a la Dirección Nacional de Seguimiento de la Inversión en Capital Humano del Sector Público Nacional del Ministerio de Economía, la asignación de servicios extraordinarios autorizados y el impacto presupuestario", completa el texto.
FUENTE: C5N