El Gobierno publicó hoy el Decreto 138/25, que introduce una reforma en la regulación de las sociedades de gestión colectiva (SGC), las cuales representan a autores, artistas y creadores de diversas áreas, conocidos como "derecho de autor" , la resolución fue elaborada conjuntamente entre el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Desregulación y procura establecer cambios en beneficio de la cultura.
Aunque el monopolio de Argentores se mantiene debido a una ley específica (Ley 20.115), se permitirán acuerdos bilaterales para establecer tarifas entre autores y usuarios.
La reforma tiene como objetivo eliminar los monopolios en la gestión de derechos de autor y promover la celebración de acuerdos directos entre creadores y usuarios.
Sociedades de gestión colectiva: los cambios que establece el decreto
Los titulares de derechos podrán asociarse a una o más sociedades de gestión colectiva o gestionarlos de manera individual. Las sociedades deberán acreditar su facultad para administrar los derechos ante el Registro y estarán reguladas por la Dirección Nacional del Derecho de Autor del Ministerio de Justicia.
Las sociedades deberán respetar un porcentaje máximo del 30% para gastos de administración y no podrán intervenir cuando los titulares decidan gestionar sus derechos individualmente. Además, deberán establecer aranceles proporcionales al uso de las obras y pagar los derechos dentro de los 2 meses.
Las sociedades de gestión colectiva deberán publicar anualmente sus balances, tarifas y distribución de fondos. También se prohíbe mantener fondos sin repartir, y si no se identifica al titular de los derechos dentro de 4 meses, los fondos se redistribuirán entre los demás representados. Las sociedades deben adecuar sus estatutos a las nuevas normas en un plazo de 180 días.