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Un hombre usurpó la casa de su yerno y tendrá un mes de plazo para su devolución

El Ministerio Fiscal solicitó medidas de coerción de menor intensidad y la jueza le otorgó un mes de plazo para la restitución voluntaria de la casa.

Por un hecho de usurpación de propiedad por despojo mediante clandestinidad, un sujeto (suegro de la víctima) fue imputado este martes 28 de julio en una audiencia celebrada a instancias del Ministerio Fiscal. El caso presenta un trasfondo familiar particular: el principal imputado es el suegro del damnificado, cuya esposa (hija del acusado) falleció tiempo atrás.

La acusación formal fue formulada por el auxiliar de fiscal Rogelio Rodríguez del Busto, siguiendo las instrucciones del titular de la fiscalía, Diego López Ávila.

Según la teoría del caso expuesta por la Fiscalía, el ilícito se registró el 24 de marzo de 2026, aproximadamente a horas 16:30. Aprovechando que el yerno se encontraba ausente de su domicilio por obligaciones laborales, el acusado ingresó de manera clandestina, sin autorización y contra la voluntad de su poseedor, a la vivienda ubicada en el Barrio Ex Aeropuerto de San Miguel de Tucumán. Dicho inmueble venía siendo habitado por la víctima de forma pública, pacífica e ininterrumpida desde el año 2014.

El investigador del MPF detalló que, con el claro objetivo de despojar al viudo de la propiedad y evitar cualquier tipo de resistencia, el imputado utilizó una escalera para trepar por el frente y acceder a la vivienda a través de la losa superior. Una vez en el interior, ocupó ilegítimamente las instalaciones, consumando el despojo total de la posesión. Desde ese día, el padre de la mujer fallecida permaneció en el lugar, manteniendo la ocupación irregular hasta la actualidad.

La conducta fue calificada legalmente como usurpación de propiedad por despojo mediante clandestinidad, en calidad de autor.

La jueza interviniente resolvió hacer lugar a los requerimientos de la fiscalía y ordenó medidas de coerción de menor intensidad para los imputados con el fin de resguardar el proceso, y les otorgó un plazo perentorio de un mes para que realicen la devolución voluntaria del inmueble a su legítimo poseedor.

FUENTE: MPF

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