Entrará en vigencia a partir del 1° de septiembre próximo.
Ya no habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago", informó ayer por la tarde el Palacio de Hacienda y hoy lo hizo oficial.
El Gobierno convocó además a las provincias a que se adhieran a este régimen y eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales.
Beneficio para comercios
La medida redundará en la reducción del costo para operar con medios de pago, algo que suele generar problemas para los comercios que recargan el valor en el precio final.
Un comercio registrado como Responsable Inscripto ante la AFIP recibía una retención de parte de la empresa proveedora del medio de pago cuando hacía una venta, que se tenía que computar como pago a cuenta. Es decir, como si tuvieran que ir abonando por anticipado.
Se estima que la decisión del Gobierno puede entonces abaratar los costos y facilitar en parte al consumo que está bastante retraído.
FUENTE: m1