De esta manera, Milman remarcó su pedido basado en el artículo 40 de la Constitución Nacional, a la espera de conocer lo que sucederá con la ley ómnibus durante el período de sesiones extraordinarias, el cual culmina este 15 de febrero, y aun no hay certezas de que sea prorrogado.
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El texto que Milman relató presentar en la Cámara de Diputados propone que la iniciativa del Poder Ejecutivo sea sometida a una votación en las urnas, la cual será aprobada o rechazada a partir del resultado del sufragio de la ciudadanía. Es decir, el voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática.
También, está la convocatoria a consulta popular no vinculante donde el voto no es obligatorio y puede ser solicitada por el Congreso o el presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias.
El único antecedente del plebiscito en Argentina fue en 1984 cuando el entonces presidente de la Nación, Raúl Alfonsín, sometió a voluntad popular el parecer de la ciudadanía respecto a aceptar o rechazar el Tratado de Paz y Amistad firmado con Chile para resolver el Conflicto del Beagle, luego de la mediación del papa Juan Pablo II.
La propuesta fue aprobada por el 82% de los votos, frente al 17% que optaron por la negativa y menos de un 2% de votos en blanco o nulos.
FUENTE: Parlamentario.com