La norma establece cláusulas mínimas contractuales, como las referidas a preexistencias, períodos de carencia, prescripción de medicamentos, ajustes de cuota, continuidad de cobertura en caso de fallecimiento del titular, condiciones de rescisión, incorporación del grupo familiar, equivalencia en las cartillas de prestadores y procedimientos de reclamo.
Además, dispone la implementación de un modelo uniforme de factura y estado de cuenta, denominado “Cuota Transparente”, que las prepagas deberán utilizar obligatoriamente para reflejar la imputación de los aportes, contribuciones, cotizaciones y subsidios de la seguridad social en beneficio directo de los afiliados.
Las entidades tendrán un plazo de 30 días desde la entrada en vigencia de la resolución para adecuar sus contratos y sistemas de facturación. Una vez cumplido ese plazo, deberán presentar los contratos actualizados a través de un aplicativo que pondrá a disposición la Superintendencia en su sitio web.
La medida, firmada por el superintendente Claudio Adrián Stivelman, busca reforzar la transparencia y la trazabilidad de los recursos, en línea con la legislación vigente y con el derecho constitucional a la salud previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional.
FUENTE: Ámbito