El nuevo régimen nacional establece un sistema específico de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años imputados por la comisión de delitos. Su implementación contempla la actuación coordinada entre las distintas jurisdicciones y organismos involucrados.
El proyecto fue trabajado previamente en el ámbito de la Comisión de Legislación General.
Tucumán es la primera provincia en adecuar su normativa al nuevo Régimen
La normativa sancionada por la Legislatura provincial regula la ejecución material, supervisión, seguimiento técnico y abordaje socioeducativo de las medidas y penas dispuestas por la autoridad judicial competente respecto de las personas comprendidas en la legislación nacional, cuando su implementación corresponda a organismos de la Provincia.
En este sentido, la legisladora Carolina Vargas Aignasse, resaltó en LV12 que "Tucumán es la primera provincia en toda la Argentina que sanciona una norma de estas características, que es obligatoria. En Argentina la edad para ser imputable era a partir de los 16 y con la modificación que hizo el Congreso de la Nación se bajó la edad de imputabilidad a los 14 años. Si bien la Nación dictó una norma nacional y un decreto reglamentario estableciendo cómo se va a aplicar esta nueva norma, esos dispositivos son federales y nosotros como provincia teníamos que adecuar un nuevo sistema teniendo en cuenta este cambio en la normativa de fondo".
"Desde el 5 de septiembre rige en Argentina la nueva norma nacional y la única provincia que pudo adecuar es Tucumán, por eso estábamos obligados de alguna manera a dictar esta nueva normativa", agregó.
Adecuación del Régimen
La Dra. sostuvo que a partir de esta sanción tan discutida, "se han escuchado barbaridades con las que no estoy de acuerdo de cómo referirse a los menores en general y la estigmatización de la pobreza. Más allá de eso la norma fue sancionada con esta situación de menores de 14 años ya incursos en delitos y hubo juezas y magistradas en distintas provincias que dictaron judicialmente la inaplicabilidad de esta norma nacional, lo cual fue revisado y dado vuelta por la inconstitucionalidad".
"Especialistas dicen que bajar la edad de imputabilidad no es una condición para la inconstitucionalidad, pero si a partir del fallo Maldonado que se dictó en 2005 en Argentina, ese menor que delinque tiene que ser considerado persona en desarrollo y todo lo que haga en relación a ese menor desde su juzgamiento, su sanción y ejecución de la pena, tiene que tener en cuenta esta situación de la persona entre los 14 y 18 años", explicó.
Abordaje socioeducativo para la reinserción del menor después de la pena
Vargas Aignasse, indicó que "para la implementación de la ley se necesitan diferentes dispositivos que contemplen no solamente el cumplimiento de la pena, porque por supuesto está el derecho de las víctimas porque han ocurrido situaciones en las que estuvieron incursos menores que han generado la reacción de la sociedad".
"Hay una gran gama de situaciones que pueden ocurrir con menores de 14 a 18 años y el fin que tiene la medida nacional no es solamente el castigo en sí, sino qué se hace con este menor y el camino que continúa. Por eso la ley establece supervisión especializada, un acompañamiento para el desarrollo de un plan de vida y la resocialización de esa persona para torcer un destino donde hubo un delito y una pena", concluyó.